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Calendario tributario de septiembre 2024 ¿Cuáles son las fechas clave para el pago de impuestos?

La DIAN ha hecho un llamado para que la ciudadanía cumpla con sus obligaciones fiscales dentro del periodo establecido

Devolució de impuestos en Colombia 2024
Una mujer realiza un trámite en línea, en una ilustración fotográfica.Getty Images
Sara González

Septiembre es un mes clave para que los colombianos estén al corriente con el pago de sus impuestos. A través de un comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció las fechas importantes del calendario tributario de 2024, las cuales se definieron en el Decreto 2229 de 2023. Las autoridades recomiendan estar al pendiente de las fechas de vencimiento para evitar sanciones por extemporaneidad, que en ciertos casos representa el 5% del impuesto por cada mes de retraso.

Renta personas naturales

Las personas naturales residentes fiscales con Número de Identificación Tributaria (NIT) con terminación entre los dígitos 27 y 66 deben presentar su declaración del impuesto sobre la renta entre el 2 y 27 de septiembre.

Activos en el exterior

La declaración de activos en el exterior se realizará entre el 2 y 27 de septiembre y, tal como la renta de personas naturales, será para personas cuyo NIT termine entre los dígitos 27 y 66. Este trámite es obligatorio para aquellos con bienes en el extranjero que superen 94.130.000 pesos colombianos.

Declaraciones del IVA

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RECÍBALA

Los ingresos obtenidos en el año gravable anterior determinan la periodicidad del pago. La declaración bimestral se asigna cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean iguales o superiores a 3.901.904.000 (92 mil UVT). La declaración cuatrimestral es para aquellos con ingresos brutos inferiores a la cifra antes mencionada. Las fechas de pago en ambos casos serán del 10 al 23 de septiembre.

Retención en la fuente

Del 10 al 23 de septiembre es el periodo para que los agentes de retención o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios presenten la declaración de retención en la fuente. La fecha de vencimiento se ha establecido según el último dígito del NIT.

Impuesto Nacional al Consumo

Los prestadores de servicio de telefonía móvil, del servicio de expendio de comidas, vendedores de bienes sujetos al impuesto al consumo o de vehículos usados que no tengan más de 4 años, además de los responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas y cannabis deberán presentar la declaración correspondiente al bimestre de julio y agosto de 2024 entre el el 10 y el 23 de septiembre.

Régimen Simple de Tributación

Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación deberán cumplir con esta obligación en el periodo del 10 al 23 de diciembre. El proceso se puede realizar desde el sitio web de la DIAN, a través del formulario 2593: Recibo Electrónico del SIMPLE.

Gasolina y ACPM

El 13 de septiembre es la fecha establecida para que los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM presenten la declaración correspondiente al mes de agosto de 2024. El impuesto al carbono, al patrimonio, y las bebidas azucaradas y alimentos procesados se deberá liquidar en la misma fecha.

IVA por servicios desde el exterior

Otro trámite a completar el 13 de septiembre es para los prestadores de servicios desde el exterior, a quienes les corresponde presentar la declaración del bimestre julio y agosto del año en curso.

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Sobre la firma

Sara González
Es editora SEO y periodista de EL PAÍS América. Antes trabajó en Grupo Reforma y Televisa. Es originaria de Monterrey, Nuevo León, y vive en Ciudad de México desde 2019.
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