Colombia deja listo el impuesto a las grandes plataformas tecnológicas
La medida fiscal impone el 10% sobre la renta a empresas con beneficios millonarios como Google, Meta, Youtube o Amazon. El cobro entrará en vigencia en enero de 2024
La reforma tributaria del presidente Petro sigue su curso. Tras entrar en vigencia a principios de este año, ahora suma a su andamiaje el llamado impuesto a Internet, contemplado en el proyecto original aprobado por el Congreso en noviembre de 2022. Para ello, el Gobierno firmó este lunes un decreto que impone a partir de enero una tasa de retención del 10% sobre la renta para las plataformas digitales que facturen en Colombia con ingresos brutos por operaciones superiores a los 1.327 millones de pesos. A saber: Google, Meta (Facebook e Instagram), Youtube o Amazon.
Se trata, en realidad, de una medida fiscal que ya se venía cociendo desde el Gobierno anterior. En sintonía con los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la que Colombia forma parte, el objetivo trazado por la Administración del conservador Iván Duque buscaba un acuerdo coordinado con los demás países socios para establecer una tasa digital común gradual que llegara al 25% o 26%. Sin embargo, con el ascenso del progresismo al poder, se optó por cambiar la línea de trabajo y desmarcarse del canal del organismo multilateral.
La nueva medida fiscal, que estaba pendiente de detalles operativos para ser aprobada, plantea algunos desafíos presupuestales para las empresas de servicios digitales cuyos ingresos de publicidad se trasvasan a otros países con amplios beneficios tributarios. El impuesto a Internet, además, se suma al impuesto sobre el valor añadido (IVA) del 19% que ya gravaba a este tipo de servicios prestados por corporaciones extranjeras en Colombia. No obstante, Luis Sánchez, socio de impuestos internacionales en la consultora Ernst & Young, puntualiza que las tecnológicas tendrán una opción alterna: “La ley permite que las compañías extranjeras se registren en el Registro Único Tributario (RUT) colombiano y declaren renta en el país”.
Una fórmula legal que reduciría la tasa del 10% al 3% sobre los ingresos brutos obtenidos en Colombia: “Es una asimetría y sospecho que la mayoría de empresas, dependiendo del tamaño de su mercado en Colombia y del número de transacciones, se empezará a registrar en suelo colombiano”, agrega Sánchez. Otro de los parámetros incluidos en el decreto para discernir si el impuesto alcanza a uno u otro negocio es el número de clientes o suscriptores. Se ha estipulado que una plataforma con más de 300.000 abonados a un servicio de streaming, por citar un ejemplo, ya cumple con los requisitos de “presencia económica significativa” para ser incluidos dentro del nuevo marco legal. También si un negocio utiliza una dirección web o un dominio colombiano.
El exviceministro de Conectividad del Gobierno Duque, Sergio Valdés, considera que, si bien se trata de un primer paso positivo, el impacto en términos de recaudación será limitado: “La presencia de este tipo de multinacionales a escala local es aún muy pequeña. Su participación por ingresos a mayor escala se canaliza a través de mercados internacionales más grandes. Cuando tú compras en Amazon, o compras publicidad a Google o a Netflix, en realidad estás pagando a una plataforma internacional. Entonces, cuando vas a ver los estados financieros de sus sucursales en Colombia, presentan ingresos muy chiquitos”.
Desde la operación de Google en Colombia se han limitado a informar que están “analizando el contenido del decreto para seguir respondiendo de acuerdo a los lineamientos legales”. Una postura recatada y en línea con la política de una empresa que desde hace años está bajo la lupa de las autoridades de Hacienda en medio mundo por un modelo de negocio que, al igual que otros, establece su sede financiera en islas o en países como Luxemburgo que tienen tasas impositivas muy bajas, y no en los lugares donde venden o producen.
Los expertos advierten desde ya un alza en las tarifas de marcas como la plataforma de música Spotify, las de películas Netflix y HBO o de retransmisión de videojuegos en directo Twitch, entre otras. “Sin duda”, señala Sergio Valdés, “todo costo añadido que se le genere al servicio te lo cobran posteriormente en la factura para mantener sus ingresos”. Y añade: “Es probable que, si el Gobierno hubiera continuado trabajando de forma unificada con la OCDE, se habría podido aspirar a un recaudo más grande. Ya hemos visto que los países que trabajan de forma unilateral, como Argentina, tienen menor capacidad de incidencia para imponer sus criterios fiscales”.
Galé Mallol, presidente de la Asociación de Tecnologías y las Comunicaciones, recuerda en todo caso que se trata de un camino que se abre en la evolución de las economías digitales. Y una oportunidad para avanzar en nuevos “procesos que sirvan de apalancamiento y ayuden no solo a la sana competencia sino al desarrollo de los países y el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos donde se lucran estas plataformas con su operación”.
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