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Revocada la custodia compartida a un padre por “falta total de respeto” a la madre

El Supremo otorga la custodia exclusiva a la progenitora del niño de siete años

Aitor Bengoa
Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo. Uly Martín

"La falta total de respeto, abusiva y dominante", que el padre de un niño de siete años mantenía hacia la madre del menor en A Coruña ha llevado al Tribunal Supremo a revocar la custodia compartida al progenitor y otorgársela a ella en exclusiva. En su sentencia, el alto tribunal recuerda, además, que al padre se le llegó a abrir un procedimiento abreviado por coacciones a su expareja, en el que se concretaban indicios de un delito de violencia doméstica, aunque no llegó a ser firme.

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El Supremo estima así el recurso interpuesto por la madre ante una sentencia anterior de la Audiencia Provincial de A Coruña que, pese a constatar la postura abusiva del padre, entendió que no era relevante y le otorgó la custodia compartida porque, según su criterio, su concesión no perjudicaba el interés del menor.

"Es impensable que pueda llevarse a buen puerto un sistema de custodia compartida que exige, como la jurisprudencia refiere, un mínimo de respeto y actitud colaborativa, que en este caso brilla por su ausencia", señala el Supremo en su sentencia.

El fallo recuerda que el padre era generador de situaciones conflictivas en los momentos en los que los progenitores intercambiaban al menor, durante los que hacía gestos provocativos o profería insultos contra su pareja y sus familiares delante del niño.

"La referida conducta del padre, que se considera probada en la sentencia recurrida, desaconseja un régimen de custodia compartida, pues afectaría negativamente al interés del menor, quien requiere un sistema de convivencia pacífico y estable emocionalmente", añade el alto tribunal.

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Ahora, será el juzgado quien ejecutará la sentencia y determinará el sistema de visitas, alimentos, gastos y medidas derivadas.

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