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El Supremo indemiza con 60.000 euros a una mujer absuelta tras 542 días en prisión preventiva

El alto tribunal corrige a la Audiencia Nacional, que rechazó resarcir a la víctima

Reyes Rincón
Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.Uly Martín
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Verónica Gómez Velásquez pasó 542 días en prisión preventiva por un delito que no cometió. Un delito que, según la Audiencia Provincial y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ni siquiera está probado. El homicidio del que se le acusaba fue, supuestamente, un accidente ocurrido durante un forcejeo durante el cual el hombre con el que discutía se clavó un cuchillo en el pecho. El Tribunal Supremo ha obligado ahora al Estado a indemnizarle con 60.000 euros por los días que pasó entre rejas.

La resolución del Supremo revoca una anterior de la Audiencia Nacional que denegó la indemnización a la mujer al interpretar que había sido absuelta por falta de pruebas. La Audiencia usó la jusrisprudencia del alto tribunal pero, en opinión de los magistrados del Supremo, la aplicó mal.

Esta jurisprudencia rechaza resarcir económicamente las prisiones preventivas aunque el afectado resulte absuelto por falta de pruebas o se demuestre que no participó en los hechos y restringe las indemnizaciones a los que no se pruebe la existencia del delito. Y esto es, según el Supremo, lo que ocurrió aquí.

La sala de lo Contencioso-Administrativo indica que la sentencia recurrida incurre en “incongruencia omisiva” al ignorar el hecho declarado probado por el jurado y que fue la razón de la absolución de la recurrente. Por todo ello, añade que se trata de un caso de “inexistencia del hecho imputado” o, lo que es lo mismo, de ausencia de imputación por inexistencia del delito.

El alto tribunal, sin embargo, solo concede a la mujer 60.000 euros, una cifra muy por debajo de la que reclamaba. Además de 1.054.656 euros por el tiempo que estuvo encarcelada, la víctima pedía 18.655 euros por lo que dejó de percibir al perder su trabajo, 12.169 euros por la pérdida de la residencia legal en España hasta que interpuso la reclamación previa, 80.000 euros por daños psicológicos y 100.000 euros por daños morales y derecho al honor. De todas esas cantidades, el tribunal solo le reconoce el derecho a cobrar 60.000 euros por los días de trabajo perdidos.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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