Los juristas creen que la sentencia facilita el diálogo de Rajoy y Mas
El fallo no rechaza “el derecho a decidir” si es constitucional, dicen los expertos
La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la declaración soberanista del Parlamento catalán de enero de 2013 cierra el debate legal, pero debería servir para abrir la puerta del diálogo político entre Mariano Rajoy y Artur Mas con el fin de abordar el encaje de Cataluñá en España. Esa es la opinión mayoritaria de los juristas consultados por EL PAÍS, quienes coinciden en aprobar el pronunciamiento judicial, que niega a Cataluña como “sujeto político y jurídico soberano”.
Andrés de Blas, catedrático de Teoría del Estado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), califica la sentencia de “muy acertada y sensata”. En su opinión, el acuerdo del Parlamento catalán era susceptible de ser recurrido y prueba de ello es que la sentencia niega el carácter soberano de Cataluña. Y al mismo tiempo, añade De Blas, “da vía libre al derecho a decidir, siempre que sea por los cauces legales que marca la Constitución”.
Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona coincide en esa valoración. “La sentencia deja margen para que los catalanes se pronuncien sobre su futuro político, pero cierra la puerta a que se celebre un referéndum sobre el derecho de autodeterminación, porque eso sí que no cabe en la Constitución”.
Arbós insiste en que “la sentencia podía haber cerrado las puertas de la negociación política, pero no lo ha hecho, sino que deja la pelota en el tejado de la política y la legalidad constitucional”. En esa línea, De Blas entiende que la Carta Magna española no tiene “claúsulas de intangibilidad”, a diferencia de lo que ocurre con otras constituciones. Eso significa que todo el articulado es susceptible de reforma si se siguen los cauces previstos.
Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucioonal de la Universidad de Sevilla, entiende también que el núcleo de la sentencia es precisamente este, “que en la Constitución cabe todo, si es con acuerdo político”. También resalta la clara diferencia que hacen los magistrados entre soberanía y autonomía. “Soberano es el Estado y autónomas son las comunidades autónomas. Son dos cosas distintas”, añade Pérez Royo.
Ángel Sánchez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, resta importancia a la alusión que se hace en la sentencia al “derecho a decidir”. En declaraciones a Europa Press Sánchez explicó que si con esa expresión se quiere dar a entender que Cataluña es “un ente independiente” que puede elegir si sigue formando parte de España o no, eso no es aceptable porque “la soberanía no es suya”, sino del pueblo español en su conjunto. Este jurista coincide con sus colegas en que el “derecho a decidir” ha de entenderse como “una aspiración como programa político”, que no es inconstitucional, pero que para llevarlo a cabo habría que modificar la Carta Magna.
En la misma línea, Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional en la UNED, destacó que el tribunal ha “distinguido claramente” entre el aspecto inconstitucional de la declaración del Parlamento, al considerar que Cataluña tiene soberanía, y los principios de la declaración que son constitucionales, como “la propia capacidad de decidir del pueblo catalán". En su opinión, “la declaración no dice nada acerca de lo que se va a decidir y no se puede declarar inconstitucional lo que no se ha dicho”, aunque la sentencia recuerda que ese pronunciamiento ha de estar enmarcado siempre en la Constitución”. Por ello, Yolanda Gómez coincide con los juristas ya citados en que la sentencia deja abierta la puerta a la negociación política.
Pérez Royo y Arbós entienden en que el recurso del Gobierno contra la declaración soberanista no debería haberse admitido a trámite, porque el acuerdo de la Cámara catalana no tiene efectos jurídicos. Ese fue precisamente el argumento que esgrimió el Parlamento catalán en las alegaciones presentadas ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, Pérez Royo explica, que una vez tramitado el recurso, el tribunal ha optado por una sentencia de consenso “en la que aclara que el Parlamento catalán es sujeto de autonomía y llama a negociar al Gobierno de la nación y a los nacionalistas catalanes”. En su opinión, esa es “la gran novedad de la sentencia”.
Más contundente se muestra José Antonio Montilla, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada. Su razonamiento es que la sentencia no debería haber entrado a pronunciarse sobre la cuestión de la soberanía porque la declaración parlamentaria “es solo eso, una declaración que no lleva aparejado ningún efecto jurídicos”. Pese a ello, Montilla explica que la sentencia está “muy bien razonada”.
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