_
_
_
_
_

Machismo en la red

¿Por qué se castiga con mayor dureza la apología del terrorismo que la de los asesinatos de mujeres?

Manifestación en Madrid contra la Violencia Machista.
Manifestación en Madrid contra la Violencia Machista.Álvaro García

Este año finalizará con 56 asesinadas, no es una buena marca pero se hizo lo que se pudo, a ver si en 2016 doblamos esa cifra, gracias”. Este es uno de los muchos mensajes que Berenguer Jordi Moya Hernández escribió en Twitter entre 2015 y 2016. No solo se dedicó el joven de 21 años a lanzar diatribas contra las mujeres a sus 2.000 seguidores en la red social. También apoyó el yihadismo, quejándose por ejemplo de que no hubiera más atentados como los del 11-S. Esos tuits le han costado la cárcel. La Audiencia Nacional le ha condenado a dos años de prisión (uno por delitos de odio contra las mujeres y otro por enaltecimiento del terrorismo). Durante el juicio, aseguró que lo que intentaba era “sensibilizar” sobre la violencia de género. Los jueces no lo consideraron así, ya que, según aseguraron, esta clase de comentarios no se pueden calificar como broma o humor negro. Por diligente que pueda parecer aquí la justicia, no es habitual que este tipo de tuits que fomentan la violencia machista tengan castigo. De hecho, esta es la primera condena por delitos de odio contra las mujeres en redes sociales, mientras que en 2015 fueron 23 las condenas por delitos de enaltecimiento del terrorismo en Twitter o Facebook. ¿Qué está fallando para que, hasta ahora, comentarios como el de Moya Hernández hayan quedado impunes? ¿Por qué se castiga con mayor dureza la apología del terrorismo que la de los asesinatos de mujeres?

Las asociaciones feministas luchan a diario contra la difusión de estos contenidos. En enero pasado, por ejemplo, la Asociación de Mujeres Juezas de España y la Associació de Dones Juristes se movilizaron contra varios usuarios de las redes sociales que promovían la violencia contra las mujeres. Consideran que la persecución de comentarios que vejan a la mujer y que promueven la violencia contra ella pasan inadvertidos. Pese a los esfuerzos, solo han logrado el cierre de las cuentas de Twitter implicadas. Este limitado castigo contrasta con otro caso muy debatido estos días: las bromas lanzadas por la tuitera Cassandra (su alias en la red social) en relación con el asesinato de Carrero Blanco, por las que se enfrenta a dos años y seis meses de cárcel. Hasta la propia familia del militar considera la petición de la Fiscalía “un disparate”. Hay que tener en cuenta, además, que los comentarios machistas animan a cometer un delito, mientras que la muerte de Carrero Blanco es un hecho que sucedió hace 43 años.

Más información
La nieta de Carrero Blanco ve “un disparate” pedir cárcel por unos tuits sobre su abuelo
La difusa línea judicial del odio en Internet

En ambos casos, la duda siempre es hasta qué punto se trata de libertad de expresión o apología de la violencia. Las condenas por este tipo de delitos están recogidas en el artículo 510 del Código Penal, que requiere de la interpretación judicial para dilucidar si los comentarios son constitutivos de delito o si quedan amparados en la libertad de expresión. En 2015, el Tribunal Supremo dejó claro que son delito en la medida en que “puedan ser considerados una manifestación del discurso del odio por propiciar o alentar, aunque sea de manera indirecta, una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades”. ¿Bromear sobre los asesinatos de mujeres no siempre lo es?

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_