El TSJA anula el acceso sin opositar de empleados a una agencia pública de la Junta
El alto tribunal andaluz considera que se vulnera el principio de igualdad
La reordenación del sector público de la Junta ha sufrido su primer varapalo judicial. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado parte del decreto de integración del personal del extinto Instituto Andaluz de las Artes y Letras a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, un nuevo organismo creado tras la reforma del sistema público y a la que han pasado 534 trabajadores.
Se trata del primer fallo contrario del alto tribunal andaluz al traspaso de empleados de las fundaciones y empresas públicas de la Junta a una de las agencias de la Ley de Reordenación, del más de medio centenar de recursos que se han interpuesto. El pronunciamiento da la razón a los sindicatos y funcionarios que han denunciado que con la ley se favorece al personal que no había pasado por un proceso de oposición.
La sentencia, cuya ponente es María Luisa Alejandre Durán, sostiene que la parte del decreto anulado es un "desprecio al Estado de Derecho" que vulnera de manera "flagrante" los derechos fundamentales de acceder a la función pública "conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de convocatoria". También dice que existe una "clara repercusión" en los funcionarios y personal laboral fijo de la Junta, "que ven lesionados no solo sus derechos de acceso en condiciones de igualdad, sino a los que hayan accedido al empleo público, se mantengan en ella sin perturbaciones legítimas".
El fallo considera que la disposición impugnada "puede afectar a los derechos de acceso, promoción y traslado para la provisión de vacantes de los funcionarios y personal laboral para toda la Administración de la Junta".
El recurso, a instancias de la Asociación Al-Ándaluz de empleados públicos de la Junta, es uno de 16 que ha interpuesto el bufete de abogados Mariano Aguayo de Córdoba.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguato, ha eludido pronunciarse hasta conocer la sentencia, que estudian los servicios jurídicos de la Junta. Contra la sentencia cabe un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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