Condena por blasfemia
Las ofensas a Dios no pueden regularse en el Código Penal y, menos, castigarse con la muerte
La Organización de la Conferencia Islámica (OCI) intenta que Naciones Unidas se pronuncie a favor de legislar contra la blasfemia con ocasión de la reunión del Tercer Comité de la Asamblea General especializado en las cuestiones sociales, humanitarias y religiosas. Aunque se trata de una solicitud rutinaria de la OCI desde 1999, en esta ocasión resulta particularmente inoportuna: sobre una cristiana paquistaní, Asia Bibi, pesa una condena a muerte por haber presuntamente criticado al profeta Mahoma.
El debate en Naciones Unidas puede transmitir el equívoco mensaje de que la aplicación de la pena capital es una cuestión controvertida internacionalmente cuando la creencia religiosa está por medio. Ni existe ni debería existir controversia alguna: la pena de muerte es execrable en toda circunstancia, también cuando se dicta por lo que no es, en el fondo, más que el ejercicio de la libertad de opinión. Mejor harían la OCI y la Asamblea General solicitando la conmutación de la pena dictada contra Asia Bibi.
Incluir la blasfemia en el catálogo de los tipos penales equivale a confundir el papel de los legisladores y los jueces con el de los teólogos y los inquisidores. Porque son estos, y no los encargados de administrar la justicia humana, quienes guardan celosamente el criterio sobre el que se decide cuándo se ofende a Dios y cuándo no. Y por bien fundado que pueda estar este criterio de acuerdo con una determinada creencia religiosa, no deja de ser eso, un criterio, no una verdad inamovible a la que deban plegarse todas las libertades, incluida la de abrazar una fe u otra, o no abrazar ninguna.
Quienes defienden que los códigos penales deberían contemplar un castigo contra la blasfemia, y que no se encuentran solo en las filas del islam sino también en las de todos los monoteísmos, creen haber encontrado un medio para conjurar la imperfección de las leyes humanas. En contra de lo que imaginan, regulando la blasfemia no las harían más perfectas, sino más crueles. Sobre todo si el castigo que se impone es el de la pena capital. En el siglo XVI, Sebastian Castellio defendió que matar a un ser humano no es defender una doctrina, sino matar a un ser humano. Resulta descorazonador que cinco siglos después haya que seguir invocando aquella máxima luminosa en Naciones Unidas, mientras una mujer aguarda ser ejecutada en Pakistán.
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