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Un juzgado condena al Maestranza por despedir a una empleada embarazada

El IAM debe readmitir a dos trabajadoras debido al carácter indefinido de sus contratos

El Juzgado de lo Social 6 de Sevilla ha condenado al Teatro de La Maestranza a "la inmediata readmisión" y a abonar los salarios dejados de percibir por una empleada que fue despedida, al considerar probado que existen "indicios suficientes para apreciar que se trata de una conducta discriminatoria por el estado de embarazo" de la trabajadora, de iniciales R. F. B.

La sentencia refleja que, a pesar de que se alegó como causa del despido la falta de rendimiento, "no se aprecia por la empresa prueba alguna que justifique tal hecho". No obstante, señala que la jefa de sastrería del Teatro de la Maestranza constató en un escrito que cuando conoció a la empleada en su primer día de trabajo, ésta le comunicó su estado de embarazo.

Al no acreditarse causa alguna para dicho cese, el juzgado estima que "concurren indicios suficientes para apreciar que se trata de una conducta discriminatoria por su estado de embarazo".

La sentencia relata que la empleada prestaba servicios para el teatro hispalense en la categoría profesional de oficial de sastrería y sin ostentar cargo sindical alguno. La sentencia no es firme y cabe recurso ante la Sala de lo Social del TSJA.

Condenas contra el IAM

Por otro lado, dos juzgados de Huelva han declarado improcedentes sendos despidos realizados por el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), debido a que los Viveros de Empresas de Mujeres para los que fueron contratadas tienen carácter indefinido, aunque su presupuesto se apruebe cada año. Las dos trabajadoras, tituladas superiores, vieron sus contratos rescindidos tras varios años de ejercicio porque el IAM arguyó que eran contratos de obra vinculados a una financiación de fondos sociales europeos.

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Ambos juzgados han decretado los despidos como "fraudulentos", pues no fueron contratadas "para programas específicos", sino que los Viveros de Empresas de Mujeres son "una actividad permanente del IAM", y se crearon para lograr "la igualdad real entre hombres y mujeres". El IAM debe readmitir a ambas empleadas e indemnizarlas con 37.956 y 11.265 euros, y abonar los salarios que no percibieron.

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