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El juez de vigilancia pide informes de las visitas médicas de De Juana

El magistrado exige conocimiento previo de las salidas del preso

El juez central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha requerido de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias un informe sobre dos salidas del hospital del etarra José Ignacio de Juana Chaos. El escrito del juez reclama que se le expliquen los motivos de las salidas y si éstas están relacionadas con las razones médicas y sanitarias del plan seguido con el interno tras su huelga de hambre.

El escrito del juez José Luis Castro destila un cierto malestar por no haber tenido conocimiento previo de las salidas del etarra José Ignacio de Juana Chaos del hospital los pasados 10 y 17 de abril para acudir a las consultas de un oftalmólogo y un homeópata. Por eso, comienza recordando que "es a la jurisdicción penitenciaria a la que corresponde el control de la legalidad" de la administración de las prisiones, sin que dicho control suponga "sustitución o usurpación de funciones de la administración actuante". Tras esa introducción, el juez requiere a la administración penitenciaria para que le informe de las salidas autorizadas al interno Ignacio de Juana Chaos los días 10 y 17 de abril del presente año, "indicando la motivación así como el desarrollo de las mismas".

El juez Castro quiere además que el informe especifique si las salidas de De Juana del hospital se adoptaron "en cumplimiento del plan de ejecución del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario". Ese plan es el que se adoptó por resolución de 28 de febrero de 2007 de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, y que afecta al interno "por razones médicas y sanitarias". El plan fue convalidado por auto del propio juez de vigilancia con fecha 1 de marzo de 2007.

Información verbal

Un portavoz del Gobierno aseguró ayer que el juez fue informado verbalmente de las salidas de De Juana una vez que ya se habían producido y es informado periódicamente de la evolución médica del interno, en situación de prisión atenuada. Instituciones Penitenciarias mantiene que en todo momento se siguió con De Juana el criterio establecido por el juez de vigilancia en su auto de 1 de marzo de 2007.

El punto segundo de la providencia exige a la administración penitenciaria que, a partir de ahora, informe de las salidas del interno De Juana: "Se requiere a Instituciones Penitenciarias para que, en lo sucesivo, comunique a este juzgado con carácter previo las salidas que le sean autorizadas al interno, así como el desarrollo de éstas una vez finalizadas", dice el escrito del juez.

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Es decir, que el magistrado deja claro que en lo sucesivo quiere estar al tanto de los movimientos del etarra por anticipado y conocer si los motivos de las salidas obedecen a las razones médicas que determinaron su traslado a un hospital, después de poner fin a la huelga de hambre que mantuvo hasta poco después de que que el Tribunal Supremo redujera su sentencia de 12 a tres años de cárcel.

El Gobierno aseguró que está "encantado" con cumplir esta resolución judicial para cumplir con la máxima transparencia el tratamiento penitenciario a De Juana Chaos establecido por el auto del juez de Vigilancia Penitenciaria y, de paso, garantizar el control judicial máximo sobre el interno.

José Ignacio de Juana Chaos, durante un  juicio en la Audiencia Nacional.
José Ignacio de Juana Chaos, durante un juicio en la Audiencia Nacional.EFE

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