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El Gobierno renuncia a exigir mayoría de dos tercios para aprobar blindajes 'antiopa'

El Ejecutivo suaviza también las exigencias para responder ante una oferta hostil

El Gobierno ha eliminado en la redacción final del proyecto de ley sobre las ofertas públicas de adquisición (OPA) de acciones una disposición que hacía más difícil establecer en las compañías blindajes previos contra operaciones hostiles. El anteproyecto elaborado por el Ministerio de Economía preveía exigir una mayoría de dos tercios para fijar esos blindajes, pero el Gobierno ha decidido dar marcha atrás y suprimir ese artículo. También ha suavizado en el último momento la mayoría exigida para tomar medidas defensivas contra una OPA ya presentada.

El anteproyecto de Economía establecía que en las empresas cotizadas españolas se exigiría "el voto favorable de, al menos, dos tercios de los derechos de voto presentes o representados en la junta general para la aprobación de cláusulas estatutarias que restrinjan el derecho de voto; limiten el acceso a la condición de miembros de sus órganos de dirección o administración o de sus comisiones ejecutivas o delegadas, o en general, dificulten el ejercicio de los derechos políticos de los valores de forma proporcional a su respectiva participación".

Ésa es, en realidad, una enumeración de los blindajes más frecuentes utilizados por las empresas como defensa previa frente a ofertas hostiles. La modificación de los artículos de los estatutos que recogen esas limitaciones es con frecuencia una de las condiciones que las empresas que lanzan una OPA suelen poner para hacerla efectiva.

Gas Natural y la alemana E.ON, por ejemplo, han condicionado sus ofertas sobre Endesa a la eliminación de trabas para el acceso al consejo y a la supresión del límite de derechos de voto a un máximo del 10%, una eliminación que requiere, en el caso de Endesa, el 50,01% de los votos de la junta. Las ofertas sobre Cortefiel o Telepizza incluían condiciones similares, pues esos blindajes son relativamente frecuentes.

El endurecimiento de las condiciones para establecer blindajes estaba en sintonía con la primera recomendación del nuevo Código Unificado de buen gobierno, que aconseja "que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado".

El grupo de trabajo consideraba que esas medidas podían estar justificadas en casos en que lo aprobase "un porcentaje muy elevado de accionistas". En esa línea iba el anteproyecto de ley antes de ser corregido por el Gobierno para su tramitación parlamentaria.

Situaciones absurdas

También se ha suavizado sutilmente la exigencia de una mayoría cualificada para poner en marcha medidas defensivas una vez que la oferta ha sido presentada. En este caso, se ha pasado de la mayoría de dos tercios que exigía el anteproyecto a aplicar uno de los artículos de la ley de sociedades anónimas técnicamente más deficientes, que da lugar a situaciones absurdas.

Ese artículo requiere mayoría de dos tercios sólo cuando el quórum sea inferior al 50%. Así, una medida defensiva que cuente con el apoyo del 26% del capital prosperará si tiene en contra en la junta a otro 25%, pero no lo hará si los que acuden a la junta y no votan son sólo el 15% del capital.

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Sobre la firma

Miguel Jiménez
Corresponsal jefe de EL PAÍS en Estados Unidos. Ha desarrollado su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactor jefe de Economía y Negocios, subdirector y director adjunto y en el diario económico Cinco Días, del que fue director.

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