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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Funcionarios en el mercado

El primer Estatuto de la Función Pública pactado entre el Gobierno y los sindicatos establece por primera vez el principio de que el trabajo de los funcionarios es evaluable, es decir, está sometido a la calificación de una comisión que determinará si cumple o no los objetivos laborales fijados. De esta forma, los funcionarios se aproximan a las condiciones de flexibilidad a las que están sometidas los asalariados; los puestos no serán vitalicios ni se admitirán derechos permanentes.

La contrapartida lógica a esta "normalización" laboral de los funcionarios es el derecho a la negociación colectiva, que también se les reconoce en el estatuto; y, en línea con la modernidad que quiere imponer el ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, se les aplicarán los beneficios del llamado Plan Concilia, ese esfuerzo social para conjugar la vida laboral y familiar, cuyas piedras angulares hasta el momento son el derecho al permiso de paternidad y las excedencias por motivos familiares.

Como primer paso, no está mal. La carrera funcionarial requiere de cuantiosos esfuerzos de adecuación a la legislación común de los trabajadores, no sólo para regular sus derechos y deberes de forma congruente con las normas vigentes en el mercado laboral, sino también para dotar a los ministerios de los resortes de movilidad necesarios para distribuir geográfica y funcionalmente la carga de trabajo.

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El nuevo estatuto será aplicable a todos los funcionarios públicos, sea su naturaleza estatal, autonómica o local. En cualquier caso, no será tarea baladí la adaptación de la norma básica a los requisitos específicos de cada autonomía.

Tampoco debe despreciarse el intento del Ministerio de Administraciones Públicas de acabar con la temporalidad, aseguran que creciente, en el ámbito de la función pública. Hasta 650.000 plazas de interinos podrán ser sustituidas por plazas fijas.

No obstante, dos aspectos complejos de la reforma de la función pública están fuera del alcance del estatuto pactado. Se trata de la extensión de la carrera funcionarial, de forma que quienes la inicien no se vean constreñidos por recorridos profesionales muy cortos -a partir de la dirección general de un ministerio los nombramientos son políticos- y la equiparación de las retribuciones de la Administración a las del sector privado. El servicio al Estado no tiene por qué ser salarialmente menos atractivo que la contratación con empresas privadas. Pero este aspecto pertenece quizá a otro debate.

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