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El Supremo declara ilegal la tasa de vados que el Ayuntamiento de Alicante aplicó entre 1996 y 2000

El Tribunal Supremo ha declarado ilegal la tasa de vados que el Ayuntamiento de Alicante, gobernado por el PP, aplicó entre los años 1996 y 2000, que incluía una tarifa única, con independencia del valor catastral de la finca y su ubicación. El alto tribunal ratifica una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, que en 1999 declaró "nula" la recaudación de la citada tasa.

Sendas resoluciones judiciales contrarias al equipo de gobierno se producen a raíz de un recurso promovido por el grupo municipal socialista. El PP modificó la ordenanza en 2000 y estableció cuatro tarifas.

El PSPV llevó a los tribunales la ordenanza de vados porque la tasa aplicada era uniforme para la toda la ciudad y no tenía presentes parámetros de corrección como los valores catastrales de los inmuebles. El Tribunal Supremo, al rechazar el recurso de casación impulsado por el Ayuntamiento contra la primera sentencia del TSJ, ha dado la razón a los socialistas. En el apartado de fundamentos de Derecho, la resolución del Supremo dice: "La consideración del valor del mercado de las diferentes zonas de un municipio no puede dejar de tomarse como referencia, y esto es lo que la ordenanza impugnada desconoce cuando fija un precio controvertido en atención al valor promedio de los valores unitarios del suelo del municipio". "Es evidente que el valor de mercado de una calle céntrica y comercial de una ciudad es muy superior al de un calle situada en el extrarradio no comercial de la misma ciudad", añade.

El portavoz del grupo municipal socialista, Manuel de Barros, instó ayer al alcalde, Luis Díaz Alperi, a que "explique a los ciudadanos por qué aplicó esa tasa y cómo devolverá las cantidades indebidamente cobradas". "La sentencia del Supremo es una prueba más de la arbitrariedad del gobierno del PP", añadió.

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