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La Audiencia condena a Benedicto Alfaro a seis años de cárcel por estafa continuada

El caso se inició tras el suicidio del intermediario Baltasar Egea, quien mató a su mujer e hijo

Once años después de que ocurrieran los hechos, la Audiencia Nacional ha condenado a seis años de prisión y a una multa de 12 meses con una cuota diaria de dos euros, a Benedicto Alfaro, de 63 años, quien fuera propietario de la cadena de supermercados del mismo nombre, como autor de un delito continuado de estafa de especial gravedad y con aprovechamiento de credibilidad profesional. La sentencia señala que Alfaro consiguió que el broker Baltasar Egea le entregase 1.500 millones de pesetas (nueve millones de euros) de pequeños inversores a cambio de unas letras que nunca pagó.

El caso Alfaro estuvo impregnado de ribetes novelescos. El intermediario del que se sirvió Benedicto Alfaro no soportó la carga de su actuación y se suicidó tras matar a su mujer y a su hijo. Meses después, el 12 de noviembre de 1993, Alfaro fue detenido por orden del juez Miguel Moreiras a la salida de la iglesia donde acababa de casarse su hijo Benedicto, sin que se le permitiera asistir al banquete de bodas. Tres días después fue puesto en libertad bajo fianza de 10 millones de pesetas y la obligación de presentarse en el juzgado cada 15 días.

Egea había realizado los prestamos en dinero

negro, entre 1990 y 1992, por lo que Alfaro, cuyos negocios atravesaban un momento de graves dificultades económicas por sus inversiones en el sector inmobiliario, decidió estafarle a sabiendas de que el intermediario financiero tendría muchas dificultades para recuperar el dinero, e incluso para reclamarlo por la vía judicial. Alfaro, según la sentencia, "articuló un sistema basado en la confianza, a fin de que Egea se convirtiera en financiador del grupo Alfaro, para lo que aparentó que su grupo disfrutaba de una solvencia y liquidez de la que realmente carecía".

Como las dificultades económicas del grupo no se solucionaban, Benedicto Alfaro empezó a dilatar el cumplimiento de los pagos y a partir de noviembre de 1992 se negó a satisfacer los mismos.

Baltasar Egea, señala la sentencia, "ante una situación tan crítica, pues tenía que satisfacer lo debido a los inversionistas, procedió a ordenar desinversiones (...), pero al no poder cubrir las devoluciones, y al negarse Alfaro a pagar lo debido, en la noche del 3 al 4 de mayo de 1993, decidió poner fin a su vida, matando a su esposa e hijo y suicidándose a continuación".

Tras el fallecimiento de Egea desapareció gran parte de la documentación que amparaba las relaciones financieras entre Alfaro y Egea, especialmente numerosas letras de cambio que sirvieron de garantía para la concesión de los préstamos. Otras que están incorporadas al sumario, sin embargo, "han sido reconocidas por Alfaro y su hija Carmen y parte han sido tachadas de falsas por los mismos, sin que se haya acreditado quién pudo elaborar u ordenar estas letras de cambio y fingido la firma de los mismos", precisa el texto.

El tribunal ha absuelto a Carmen Alfaro de los delitos continuados de estafa y falsedad en documento mercantil de los que estaba acusada, y a Juan Luis Aguirre, de estafa. El tribunal ha ordenado la deducción de testimonio de las declaraciones de 14 testigos y remitirlo a los juzgados de instrucción de Madrid, por considerar que han podido incurrir en delito de falso testimonio durante su declaración en el juicio.

Dilaciones indebidas

Además, el tribunal ha aplicado a Benedicto Alfaro la atenuante de dilaciones indebidas en la tramitación del proceso, ya que "no sólo han transcurrido más de 11 años desde el acaecimiento de los hechos hasta esta sentencia, lo que supone un plazo excesivo para alcanzar una resolución de este carácter, sino que ese retraso se vuelve aún más injustificable si se advierte que nos hallamos ante un supuesto que, aunque presenta complejidad, la investigación no fue compleja, sobre todo en su fase inicial".

En la sentencia, el tribunal detalla los indicios que acreditan "el control directo del Grupo Alfaro por Benedicto Alfaro; la situación crítica del Grupo Alfaro; el conocimiento previo por parte de Benedicto Alfaro de que el señor Egea captaba dinero B de inversionistas a través de Asesores Agrupados, SA, y con el que podría financiar al grupo Alfaro; la captación del señor Egea por parte de Alfaro, aparentando una solvencia que no tenía; la intención de Alfaro de no devolver el dinero recibido de Egea; la operativa desarrollada; las cantidades obtenidas por Alfaro de Egea (...) y el nivel de vida de D. Baltasar Egea que impide apreciar la posibilidad de que se destinara el dinero captado de sus clientes a fines personales".

Benedicto Alfaro, a la salida de la cárcel de Carabanchel en noviembre de 1993.

/ MIGUEL GENER
Benedicto Alfaro, a la salida de la cárcel de Carabanchel en noviembre de 1993. / MIGUEL GENER

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