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La Audiencia Nacional exculpa al Estado del naufragio de Banyoles

La ofensiva judicial del Ayuntamiento de Banyoles para que el Estado rinda cuentas por el naufragio de la embarcación turística que costó la vida a 21 jubilados franceses el 8 de octubre de 1998 ha encontrado un escollo con la reciente sentencia dictada por la Audiencia Nacional: en ella se rechaza que el Ministerio de Fomento tenga responsabilidad en el hundimiento. Los jueces sostienen, en síntesis, que las aguas marítimas son de responsabilidad del Estado, mientras que los ríos lo son de sus respectivas confederaciones hidrográficas y los lagos y pantanos están bajo la jurisdicción de la Administración autonómica. En el caso del lago de Banyoles, la situación se complica por el hecho de que sus aguas son desde antiguo una propiedad exclusivamente municipal.

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El letrado del consistorio de Banyoles, Lluís Pau, explicó ayer que ha recurrido ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional. En opinión de este letrado, la resolución es ambigua y, si bien excluye la responsabilidad del Ministerio de Fomento, tampoco la atribuye al consistorio. Pau argumenta que la propiedad del lago no determina necesariamente la regulación de todo lo que ocurre en él. El letrado confía en que al final del proceso judicial se responsabilice al Estado y añadió que no tiene ninguna base la implicación en el caso de la Administración autonómica.

El consistorio presentó batalla jurídica contra el llamado Reglamento de Despacho de Buques, que data del año 2000 y que el Ayuntamiento consideró 'una maniobra' del Ministerio de Fomento para eludir sus responsabilidades en el naufragio. En ese reglamento, que entró en vigor dos años después del siniestro, se excluye el control de la navegación por parte del Estado en aguas no marítimas. El consistorio argumentó en su día que a pesar de que dispensaba licencias para ocupar privativamente las aguas del lago, no tenía ni podía tener los medios para controlar los ingenios que navegaban en él.

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