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La incompatibilidad de Ramallo

La actuación del ex vicepresidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) al asesorar a la agencia de valores Gescartera ante su posible venta a un banco alemán entra de lleno en la incompatibilidad de su anterior cargo. A ello se añade la intervención como fedatario público en distintas operaciones de la agencia de valores intervenida.

Luis Ramallo reconoció que facilitase esos contactos entre los propietarios de Gescartera y el banco alemán que deseaba instalarse en España, aunque, según afirmó ayer, se despreocupó posteriormente y no llegó a fructificar. Una de sus actuaciones notariales en Gescartera consistió en la legitimación de las firmas que aparecen en la auditoría realizada a la agencia de valores por el auditor Deloitte & Touche.

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El artículo 21 de la Ley del Mercado de Valores dice exactamente: 'El presidente, vicepresidente y los consejeros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores estarán sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración. Al cesar en el cargo y durante los dos años posteriores no podrán ejercer actividad profesional alguna relacionada con el Mercado de Valores. Reglamentariamente se determinará la compensación económica que recibirán en virtud de esa limitación'.

Ramallo reconoció a este periódico que ha renunciado a esa compensación económica (el 80% del sueldo) y que está centrado en sus funciones de notariado, cuerpo al que accedió desde su plaza de corredor de comercio.

'Quien tiene que determinar si hay incompatibilidad es Administraciones Públicas y los órganos colegiales del cuerpo al que petenezco, aunque tengo la conciencia muy tranquila', afirmó.

El vicepresidente segundo del Gobierno, Rodrigo Rato, se pronunció sobre la posible incompatibilidad de Ramallo afirmando que si la situación 'merece' la actuación de la Administración, ésta actuará como en 'cualquier otro caso'.

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