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LA SITUACIÓN EN EL PAÍS VASCO

El Gobierno mantiene el internamiento de 10 años para los menores implicados en terrorismo

El Gobierno decidió ayer mantener el texto de su proyecto de reformas legales contra el terrorismo y aplazar sus posibles cambios a la negociación con los partidos en la tramitación parlamentaria, que se iniciará de inmediato. El ministro de Justicia, Ángel Acebes, insistió en acelerar la tramitación para que la reforma esté aprobada antes de la entrada en vigor de la Ley Penal del Menor, el 12 de enero. Acebes alegó como motivo para no introducir ningún cambio sustancial en el Consejo de Ministros la "disparidad de criterios" de las instituciones consultadas. Sin embargo, el Poder Judicial, el Consejo de Estado y la Fiscalía coincidieron al milímetro en que el internamiento por 10 años de menores de 14 y15 años resulta "excesivo".

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El Consejo de Ministros dio ayer luz verde a que el titular de Justicia negocie con los grupos parlamentarios modificaciones en su proyecto de reformas legales contra el terrorismo, aunque estableció un límite a esa negociación: sólo se aceptarán cambios de "matiz técnico", pero no se alterarán las líneas básicas del proyecto. Acebes insistió en la voluntad de su Gobierno de cerrar con un acuerdo consensuado este proyecto que afecta de forma específica a la situación del País vasco.Pero para que no hubiera dudas, Acebes volvió a establecer esos objetivos innegociables de la reforma que propone el Gobierno: incluye un nuevo delito que castiga la exaltación o justificación del terrorismo, así como los actos de humillación a víctimas y familiares; la inhabilitación absoluta para cargo público por un plazo de seis a 20 años en todos los delitos de terrorismo; el aumento de la protección de los concejales acosados por la violencia terrorista; el aumento de los tipos delictivos por terrorismo urbano y la creación en la Audiencia Nacional de un Juzgado Central de Menores como órgano encargado de enjuiciar a jóvenes de entre 14 y 18 años que cometan delitos vinculados al terrorismo.

El titular de Justicia adelantó dos de esos cambios de "matiz técnico" en los que ha tenido en cuenta la opinión de los partidos y las instituciones consultadas, el Consejo de Estado, el Consejo General del Poder Judicial y la Junta de Fiscales de Sala.

La principal modificación perfila el alcance del delito de quienes perturban gravemente el orden en un pleno municipal, que pueden ser castigados con penas de seis meses a un año de prisión, pero se ha añadido que los desórdenes deben tener por objeto manifestar el apoyo a bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas. Así, se delimita con claridad el tipo penal para que no quepa aplicarlo a cualquier pleno municipal conflictivo. Otros retoques técnicos se han introducido en el delito de daños y en el alcance de los incendios.

Pero el Consejo de Ministros no abordó ayer la cuestión más polémica y cuyo cambio fue sugerido por las distintas instituciones jurídicas consultadas: el alcance de las medidas sancionadoras para los menores de edad implicados en actos terroristas.

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Precisamente, Acebes dijo tras el Consejo de Ministros que el texto del Gobierno, que se mantiene en su redacción actual, ya distingue un tratamiento diferente en función de la edad que tenga el menor que ha cometido un acto terrorista. El ministro precisó que el juez podrá modificar o suspender en cualquier momento la situación de internamiento si el delito de terrorismo es cometido por un menor de entre 14 y 16 años. En cambio, añadió el ministro, si tiene entre 16 y 18 años sólo se podrá modificar su situación si el acusado ha cumplido la mitad del periodo de internamiento que le haya sido impuesto.

Caso omiso

En definitiva, el Gobierno ha hecho caso omiso de los dictámenes que pidió a las instituciones, todos los cuales coinciden en poner serias objeciones al internamiento de los menores de 14 a 16 años por un periodo de hasta 10 años, plazo que duplica el anteriormente previsto.En ese sentido, el fiscal general del Estado, tras consultar con la Junta de Fiscales de Sala, expuso en su informe que la ampliación de la medida de internamiento hasta un límite máximo de 10 años, "se estima excesiva y poco acorde con el espíritu educador" de la Ley Penal del Menor, además de que favorece "un excesivo arbitrio judicial".

En similares términos, el Consejo de Estado consideró que "podría resultar desproporcionado elevar a todos los menores por igual de 2 a 10 años la duración del internamiento en régimen cerrado". "Sería más respetuoso", según el Consejo de Estado, "que se hiciera a subir a cada tramo de edad un escalón en la escala de medidas: que para el menor de 16-17 años se admitiera una duración de hasta 10 años de internamiento, pero para el menor de 14-15, la duración no debería en ningún caso exceder de 5 años".

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -cuyo informe es el único preceptivo- no se limitó a significar los posibles "excesos" en cuanto al internamiento de menores de 14 a 16 años, sino que directamente pidió, en aras del "superior interés del menor", que se excluyese del ámbito de aplicación de la ley a los que se encuentran en ese tramo de edad.

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