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Los sindicatos y la reforma laboral

Por fin culminaron las conversaciones de UGT y CC OO con la patronal. El pacto de nombre hirsuto pero cargado de buenas intenciones: "Acuerdo Interconfederal para la estabilidad del empleo". Su fin es reformar el mercado de trabajo, en España sometido a rigidez tal que sufrimos la mayor proporción de parados de los países de la OCDE, es decir, la Unión Europea, EE UU, Canadá, Japón y Australia, todos sumados. Ahora las Cortes tienen que convertir ese acuerdo en ley.Los sindicatos se enfrentaban con la evidencia de su alejamiento de la opinión pública, porque la mayoría de los ciudadanos se había convencido de que una legislación que buscaba defender a los trabajadores condenaba a muchos de ellos al paro. Algo tenían que ceder en nombre de los privilegiados. Los líderes sindicales habrían pagado un precio muy alto en términos de reputación y apoyo si se hubiera visto que tenían la culpa de una ruptura de las negociaciones.

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Por su parte, la CEOE ha conseguido bastante menos de lo que muchos creemos necesario para que el mercado de trabajo español tenga la flexibilidad que exigen la moneda única y la competencia global. De hecho, Antonio Gutiérrez y Cándido Méndez han conseguido ventajas para sus clientes más inmediatos, los que gozan de un contrato indefinido según la legislación vigente (con 45 días de indemnización por año de empleo, con un máximo de 42 meses, en caso de despido no justificado por su conducta).

Para éstos no cambia el régimen de despido llamado "improcedente" más que en un punto, que las empresas podrán alegar como causa adicional de despido colectivo la necesidad de reorganizarse porque se lo impone la competencia del mercado. Y si estos trabajadores tienen entre 30 y 45 años y quedan en paro, sólo podrán ser contratados como fijos a 45 días de indemnización, lo que los hace poco atractivos para las empresas.Para los parados hasta los 29 años de edad y a partir de los 46 y los que sólo tienen un contrato temporal, aparece un nuevo contrato indefinido, que en el caso de despido "improcedente" ve reducida su indemnización a 33 días por año trabajado, con un máximo de 20 meses.

No me parece muy justo que se mantenga así la división de los trabajadores por cuenta ajena en un grupo privilegiado y otro discriminado. Pero sí es verdad que cambia la situación legal de más de tres millones y medio de personas, o paradas o con contratos temporales. Ahora dicen que la pelota está en el tejado de las empresas, pues son ellas las que tienen que decidir si transforman sus contratos temporales en indefinidos y si emplean a parados de menos de 30 años o de más de 45, porque la indemnización por despido "improcedente" se ha reducido a 33 días por año de empleo (con un máximo de 20 meses).

Yo lo expreso de otra manera, porque creo una equivocación el concebir que los empresarios forman una clase que decide las cosas como un bloque. Ahora veremos si cada empresario, libremente y a la vista de sus expectativas de mercado, cree que le vale la pena "casarse" con sus temporales y contratar a jóvenes y mayores en paro. Podemos, si se me permite la comparación, llevar el caballo al abrevadero, pero no forzarle a beber.

Creo que el Gobierno podría ayudar a que tenga los efectos deseados este pacto tan pacato. Nunca han permitido las autoridades fiscales que las empresas apunten en su balance el pasivo que supone la posible indemnización por. despido de sus empleados. En este caso, podría permitirse que las empresas constituyeran una reserva por un tercio de los 33 días de posible indemnización por despido improcedente de sus nuevos empleados y que esta reserva pudiese amortizarse a lo largo de cinco años, reduciendo los beneficios brutos antes de impuestos.

Esperemos que, en todo caso, el coste de despido haga que las empresas se decidan a sacar a personas del paro o a sustituir su contrato temporal por uno fijo. Lo deseo fervientemente, aunque sólo sea porque así se vería que cuando los líderes sindicales dan muestras de inteligencia y flexibilidad todos nos beneficiamos.

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