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Condenados a 1.860 años dos etarras por el asesinato de siete militares con un coche bomba en Madrid

Los etarras Gonzalo Rodríguez Cordero y José Gabriel Zabala Erasun han sido condenados a un total de 1.860 años de cárcel, 930 cada uno, por su participación en el atentado con coche bomba cometido el 21 de junio de 1993 por la banda terrorista ETA en la calle de Joaquín Costa, de Madrid, en el que murieron siete militares. Ambos robaron el vehículo en San Sebastián, lo cargaron de explosivos y lo condujeron hasta Madrid a sabiendas de que iba a ser utilizado para una acción terrorista.

En marzo de 1992, según la sentencia, Rodríguez y Zabala se apoderaron de un Opel Corsa estacionado en el barrio de Loyola, de San Sebastián, y lo ocultaron en una lonja de la calle Arraskulare para usarlo posteriormente. Un año después, en junio de 1993, recibieron una llamada de un miembro de ETA, aún no identificado, que les dio instrucciones para cargar el automóvil de explosivos y trasladarlo a Madrid.

Traslado a Madrid

Tras sustituir las placas de matrícula por otras falsas, los dos etarras llevaron a Madrid el coche con los explosivos y lo dejaron estacionado en la calle del Arroyo de la Media Legua, en el barrio de Moratalaz, tal y como les había indicado su comunicante. Siempre según el fallo, Rodríguez y Zabala tenían "perfecto conocimiento de que se iba a usar para realizar una acción terrorista, aunque no consta que supieran de forma concreta en qué iba a consistir".

Tras dejar el coche y los explosivos en Madrid, regresaron a San Sebastián.

Sobre las ocho de la mañana del 21 de junio de 1993, cuando vieron acercarse por la calle de Joaquín Costa a la furgoneta Nissan Vanet con los militares, otros integrantes de la banda provocaron la explosión del Opel. En el atentado murieron los tenientes coroneles Juan Romero Álvarez, Alberto Carretero Soguel, Fidel Dávila Garizo y Javier Baró Díaz de Figueroa, el capitán de fragata Domingo Olivo Parza, el sargento José Manuel Calvo Alonso y el conductor Pedro Robles López.

Como consecuencia de la explosión resultaron heridas de diversa consideración otras 39 personas y se produjeron multitud de daños en vehículos y edificios.

El tribunal ha considerado a ambos etarras autores de un delito de atentado seis delitos de asesinato (el séptimo ya está incluido en el delito de atentado), un delito de estragos y 40 delitos de asesinato frustrad. Además, se les imputa el robo del coche y la falsificación de la matrícula.

En la vista, Rodríguez y Zabala se negaron a contestar a las preguntas, tanto del fiscal como de sus abogados defensores, y fueron desalojados tras amenazar con alterar el desarrollo del juicio si no se les permitía abandonar la sala.

No obstante, el tribunal ha tenido en cuenta sus declaraciones ante la policía y el juzgado y, en concreto, una de Rodríguez en la que, además de reconocer su pertenencia a ETA, relató otros robos de coches para otros atentados desde su ingreso en la banda.

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