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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Asilo con fronteras

NO ES la primera vez que el Defensor del Pueblo muestra su preocupación por la forma burocrática con que los servicios del Ministerio del Interior resuelven las, demandas de asilo, especialmente las presentadas por refugiados llegados de improviso a puertos y aeropuertos españoles. Es una cuestión que, con diversos matices, aparece recurrentemente en sus informes anuales a las Cortes Generales. Pero sí es seguramente la primera vez que las instancias políticas de ese ministerio, concretamente la Secretaría de Estado de Interior, intentan responder con datos, y no con evasivas, a la denuncia, que se les hace.Para el Defensor del Pueblo, Interior rechaza prácticamente todas las solicitudes de asilo que se presentan, en las fronteras, y lo hace, además, sin motivar su decisión. Según sus datos, las cien demandas cursadas durante este año en ese ámbito habrían sido rechazadas sin más. Y eso sólo, puede suceder, a su juicio, porque la Oficina de Asilo y Refugiado se limita a citar mecánicamente los preceptos jurídicos en que fundamenta su decisión, sin entrar en el fondo de la demanda. Para Interior, sin embargo, han sido ad mitidas a trámite el 55% de las 286 demandas realmente presentadas en lo que va de año en los puestos fronterizos. Además, todas ellas se estudian a fondo.

No hay razón para dudar de la respuesta de Interior. Lo que sucede es que la queja. del Defensor del Pueblo parece reflejar con mayor exactitud la realidad. Es cierto que la nueva Ley de Asilo, de mayo de 1994, ha restringido fuertemente ese derecho por causa de su utilización fraudulenta en algunos casos. La avalancha de emigrantes sobre las fronteras europeas en los últimos años ha favorecido los intentos de fraude por parte de personas en busca de trabajo y de mejores condiciones de vida que se hacen pasar por perseguidos políticos. De ahí que los países de la Unión Europea (UE), y España entre ellos, naturalmente, se hayan visto obligados a arbitrar nuevas leyes sobre el asilo. Pero todo da a entender que esta legislación ya de por sí restrictiva lo es aún más por la forma expeditiva con que se aplica. En España, las demandas de asilo han descendido en picado este año, pero, aun así, de las 3.466 presentadas durante el primer semestre sólo han sido admitidas 324.

En el caso concreto de las demandas cursadas en los puestos fronterizos todo se complica aún más. Su rechazo sin estudiar a fondo los motivos puede verse favorecido por las circunstancias en que se producen. No hay que olvidar que al solicitante, extranjero y desconocedor de la lengua, se le mantiene aislado, sin posibilidad de acceder a un abogado, sin intérprete e incluso sin asistencia médica, durante los siete días de que dispone como máximo la autoridad gubernativa para resolver su demanda. No es extraño que el Defensor del Pueblo haya recurrido ante el Tribunal Constitucional ese precepto de la nueva Ley de Asilo, considerado ofensivo incluso para el sentido menos exigente de justicia.

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España siempre ha quedado muy lejos de la media de los países europeos más generosos en materia de asilo. Incluso antes de la entrada en vigor de la nueva Uy de Asilo la admisión de solicitudes no superaba el 4%. En tiempo de crisis -¿cuáles no lo son?- suele ser fácil caer en la tentación de reducir aún más los derechos de los débiles e indefensos. Resistirse a ello y exigir a los poderes, públicos que apliquen la ley con actitud generosa y no cicatera es un deber y un signo de la humanidad justicia y respeto al individuo que dignifican al Estado de derecho.

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