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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

No se entiende

EN LA cárcel de Alcalá-Meco conviven desde ayer terroristas detenidos por los servicios policíales y dos de los más altos mandos de la lucha antiterrorista, entre ellos el ex secretario de Estado Rafael Vera. La perplejidad que ayer expresaron los ex ministros Barrionuevo y Corcuera es compartida por mucha gente. No es fácil entender que Vera y su secretario estén en la cárcel bajo la acusación de haber encubierto a los organizadores de varios asesinatos, y que esos organizadores, condenados en firme a más de un siglo de cárcel, anden por ahí de copas o amenazando desde la radio con seguir tirando de la manta.Desde luego, en todo el asunto de los GAL hay motivos de sobra para sorprenderse. Desde la ceguera política de un Gobierno que al menos ignoró lo que ocurría, hasta la elección por quienquiera que fuera de alguien como Amedo para llevar a término semejante aventura. Ahora que las entrevistas que vende han desvelado de qué tipo de personaje se trata, resulta francamente incomprensible que cualquier responsabilidad, al nivel que sea, de la lucha antiterrorista haya pasado por sus manos.

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Porque nunca se repetirá suficientemente que no es el terrorismo, sino la respuesta ilegal a sus desafíos lo que pone en peligro el sistema democrático. Cuanto mayor sea el margen concedido a las prácticas ilegales mayor será la dependencia de las autoridades civiles respecto a elementos no democráticos. Y éstos no dejarán de chantajear, en una escalada sin fin, al Estado democrático. Pero que ello sea así no significa que la sociedad tenga que aceptar el chantaje. No hay Estado que pueda sobrevivir a una tenaza formada por el goteo de acciones terroristas, por una parte, y el chantaje permanente de las tramas antiterroristas ilegales, por otra. Si la alarma social justifica el encarcelamiento de banqueros o sindicalistas acusados de delitos económicos, cuesta trabajo considerar normal que Amedo y Domínguez estén en libertad.

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El juez Garzón no puede ignorar las gravísimas implicaciones de su decisión de encarcelar a los hombres clave de la cúpula del Ministerio del Interior en los años ochenta -y concretamente, a los responsables de la lucha antiterrorista- sobre la base de declaraciones dé esos dos convictos. Es de suponer, por tanto, que aparte de la palabra de Amedo, cuyo valor es como mínimo discutible, el juez tendrá otras pruebas. Y si es así debe continuar la instrucción hasta las últimas consecuencias, caiga quien caiga, sin importar la relevancia política del acusado. Pero no puede al mismo tiempo tolerar que Amedo aproveche su situación de libertad para administrar la información. Es. lo que ha hecho en sus entrevistas de los últimos días, en las que ha amenazado reiteradamente con desvelar nuevos datos inculpatorios contra otras personas. Un Estado y un país no pueden estar a merced de lo que en cada momento, y de acuerdo con intereses particulares -suyos o de quienes administran su locuacidad y su silencio-, decida declarar o dejar de declarar alguien como. Amedo.

¿Por qué Garzón no inculpa, pues, a Amedo y Domínguez en el sumario de Segundo Marey, como ha hecho con Vera, Sancristóbal, Álvarez, Planchuelo, De Justo y desde ayer mismo Damborenea, en virtud precisamente de la denuncia de los ex policías? La explicación no puede ser su supuesta condición de arrepentidos en los términos del artículo 57 del Código Penal. De las reducciones de pena derivadas de la aplicación de ese precepto podrían eventualmente beneficiarse cuando el tribunal juzgue los hechos que hoy investiga el juez Garzón; pero esos beneficios no podrían serles aplicados por adelantado. Si de sus declaraciones se deducen implicaciones delictivas de los ex policías -y ellos mismos han reconocido su participación en distintas fases del secuestro de Marey, por mucho que ahora se presenten como sus salvadores-, alutomáticamente perderían el beneficio del régimen abierto: el mantenimiento del tercer grado es incompatible, según el artículo 252 de la ley penitenciaria, con la existencia de otras causas.

Parece existir, así pues, un pacto tácito que les garantiza la no inculpación mientras sigan haciendo revelacionés. Ello podría tal vez justificarse en aras de la eficacia de la investigación. El juez instructor habrá, en todo caso, de explicar los motivos. Pero es in verosímil aceptar ninguno que justifique esa dosifica ción de sus declaraciones por parte de los dos convictos, sometiendo al Estado a una presión y unas tensiones intolerables. Que digan todo lo que saben, y aporten las pruebas correspondientes, o se callen. Y que la justicia haga lo que deba.

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