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Un año de prisión para el promotor del 'petromocho' por falsedad continuada

El ciudadano francés Maurice Jean Lauze, promotor de la fantasmagórica inversión petroquímica saudí en Asturias, conocida como petromocho, ha sido condenado a un año de prisión menor y al pago de una multa de 250.000 pesetas por el Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo. La sentencia considera a Lauze autor de un único delito continuado de falsedad en documentos oficiales y mercantiles. El fallo, hecho público ayer, exime al procesado de un segundo delito continuado de falsedad y de otro de tentativa de estafa.

El tribunal considera probado que Lauze no obtuvo lucro personal a costa del Gobierno asturiano -el Ejecutivo regional dimitió tras verificarse la falsedad del proyecto- ni de los empresarios que participaron en las negociaciones. Maurice Lauze, que carece de antecedentes penales, previsiblemente no ingresará en prisión.

La magistrada María Luisa Barrio considera probado que Lauze utilizó documentos y certificados "falsos e inveraces, creados para engañar y con un evidente ánimo de reflejar una falsa apariencia de realidad".

La sentencia sostiene que fueron falsificados los certificados de la Embajada del Reino Saudí en Madrid, en los que se avalaba al ahora condenado como persona de negocios y titular de contratos de suministro de petróleo con la compañía estatal saudí Samareg; los del Saudi International Bank, la organización financiera a la que, junto al príncipe Abdullah Ibn Faisal Ibn Turki Al-Abdullah Al-Saud, Lauze atribuyó la iniciativa del proyecto de instalación del complejo petroquímico en Asturias, cuya inversión hubiera alcanzado los 360.000 millones. También afirma que fueron "fabricados" los documentos atribuidos al notario suizo Roland Rochat.

"Actividad engañosa"

La sentencia establece, sin embargo, que "la actividad engañosa desplegada por Maurice Jean Lauze ante don José de la Serna, don Juan Blas Sitges [empresarios privados partícipes en el proyecto] y el Gobierno de Asturias no supuso desplazamiento patrimonial alguno de éstos en su favor". A juicio del tribunal, Lauze cometió "un único delito continuado de falsedad". "Los documentos tildados de falsarios", agrega el fallo judicial, "obedecen a un designio único en el agente: su introducción en el campo del sector petroquímico con la finalidad de superar su mala situación económica, y se van realizando en forma sucesiva ( ... ) con vulneración del mismo precepto penal".Que la mayoría de los documentos que obran en el sumario sean fotocopias, como alegó la defensa en descargo del procesado, es irrelevante a juicio de la magistrada, pues "la apariencia de verdad fue tan evidente que hizo necesaria una labor complementaria de investigación para poder llegara la afirmación de que se había producido el engaño".

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