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La Seda celebrará junta el 8 de abril sin saber quién es el propietario legal del paquete mayoritario

La Seda de Barcelona celebrará junta de accionistas el 8 de abril, pero aún no se sabe quién será considerado accionista mayoritario de la compañía. El auto dictado ayer por la Audiencia Provincial de Barcelona deniega el recurso del consejo de La Seda contra la convocatoria judicial de la asamblea, pero no entra a dilucidar el fondo del litigio: la propiedad real del 57,5% de las acciones adquirido el año pasado por el abogado Jacinto Soler Padró a la multinacional Akzo por una peseta. Un auto que sólo ha entusiasmado al defensor de Soler Padró.

El auto de la Sección 12 de la Audiencia Provincial de Barcelona, redactado por el propio presidente de la sección, el magistrado Francisco Talón Martínez, no ha venido a arrojar demasiada luz sobre el conflicto: ni el actual consejo de La Seda ni la Comisión de Valores (CNMV) se mostraron ayer entusiasmados por la tesis de Talón.El abogado Jacinto Soler Padró adoptó un prudente silencio que explicó con ironía. "La prensa ya ha hecho sus valoraciones en los últimos meses; en lugar de hacerlas yo, que las sigan haciendo hoy los periodistas", afirmó, en boca de su secretaria, para justificar su decisión de no responder a la llamada de este periódico.

El todavía presidente de La Seda, Lorenzo Gascón, aceptó el auto con más ironía aún que Soler. "Somos respetuosos con el marco legal", señaló de entrada, para desmentir los rumores que apuntaban a una dimisión antesde la junta de accionistas para evitar que le hiciera cesar Soler Padró. "En absoluto. No me cesará Soler, sino la junta extraordinaria de accionistas. Yo podría incurrir en responsabilidades si dejara la empresa sin dirección". Gascón dio por descontado el cese de todo el consejo y descartó emprender nuevas acciones legales. "Ya hemos hecho bastante", declaró, sin ocultar su confianza en que esas acciones sean impulsadas por la propia CNMV o algún accionista minoritario.

Como ayer

La CNMV y el consejo de la empresa química también reaccionaron con cierta causticidad. Fuentes de la Comisión afirmaron: "Seguirnos como estábamos, porque el juez no entra en la cuestión de fondo: la titularidad de las acciones". Un comentario idéntico al del director general de La Seda, José María Villamarín, quien entiende que el auto aumenta la precariedad de las actuaciones del consejo formado por ejecutivos de La Seda, que siguen sin saber quién es el propietario de la empresa que administran.El magistrado Talón se lava las manos sobre este punto cuando afirma en el auto: "La única legitimación exigible para convocar la junta (supuesto distinto de la referente al derecho de asistir a ella, que viene regulado específicamente por el artículo 104 de la propia Ley [de Sociedades Anónimas]), es poseer la calidad de accionista, y la legitimación de éste depende exclusivamente de lo dispuesto en el artículo 58 de la repetida Ley, que limita su exigencia, cuando de acciones al portador se trata, a la exhibición de los correspondientes títulos o, en su caso, del certificado acreditativo de su depósito en una entidad autorizada, como condición necesaria y suficiente para el ejercicio de los derechos del accionista, sin que sea exigible que acredite además éste su título derivativo de adquisición de la propiedad de las acciones".

De esta forma, Talón reconoce el derecho de Soler a convocar la junta, sin entrar en si ese derecho se extiende o no a asistir a la misma o a tomar decisiones como accionista mayoritario. El letrado Vicente Torralba, defensor de Soler Padró en este litigio, fue ayer la más satisfecha de las fuentes consultadas: "Nadie puede sacar la conclusión de que Jacinto Soler Padró lo tiene mal", afirmó eufórico.

Ante la junta del próximo día 8 se perfila la posibilidad de que Soler Padró acuda como propietario del paquete mayoritario con objeto de destituir al actual consejo; esto provocaría la intervención de la CNMV, que siempre ha asegurado que ahora no puede hacerlo porque Soler aún no ha hecho valer sus derechos como accionista. La Comisión no reconoce esta propiedad porque la compra no se realizó mediante una sociedad del mercado, y le exigirá la presentación de una OPA por superar su paquete el 24,9% de las acciones. Pero nadie descarta que Soler acuda a la junta con un paquete inferior al 25%, precisamente para evitar este último requisito.

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