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El ANE no se aplicará al personal contratado de la Administración

La Magistratura de Trabajo de Madrid ha desestimado la demanda de CC OO por la que pretendía que se aplicase al personal contratado de la Administración la revisión salarial automática prevista en el Acuerdo Nacional de Empleo (ANE).La sentencia de Magistratura de Trabajo número 6 -a la que ha tenido acceso la agencia Efe- desestima por falta de legitimación activa la demanda interpuesta por Pilar Arroyo Fernández en nombre de la Federación de Administración Pública de la Confederación Sindical CC OO: la demandante no tiene poder general o particular de la Federación de CC OO para actuar y llevar este conflicto colectivo. No obstante, el magistrado califica al ANE como mero pacto social.

La sentencia, al aceptar la tesis mantenida por el abogado del Estado, añade que "el ANE sólo es aplicable si un convenio concreto lo recoge, lo adopta total o parcialmente, o a él se remite.

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