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La deuda del Tesoro a corto plazo para financiar el déficit contribuirá a agravarlo, según medios del sector privado

Los 120.000 millones de pesetas destinados a financiar en parte el déficit presupuestario de 1982, mediante emisiones de deuda del Tesoro a corto plazo, contribuirán a agravar el mismo. Expertos financieros del sector privado, que no se oponen a las emisiones de deuda pública a corto plazo como un instrumento para regular situaciones de caja, estiman, por el contrario, que tales emisiones sólo sirven para agudizar el déficit, vía costes financieros, cuando las mismas se lanzan al mercado con el exclusivo fin de financiarlo.

La propia Asociación Española de Banca Privada (AEB), en su informe de noviembre pasado al ministro de Economía y Comercio sobre la liberalización del sistema financiero, advertía "que no parece que tenga ninguna justificación la emisión de deuda pública a plazos iguales o inferiores a seis meses para completar las necesidades del Tesoro". No obstante, "si a pesar de todo lo dicho el Gobierno, por razones que difícilmente podríamos comprender, quisiera emitir deuda a corto en forma de pagarés del Tesoro a interés variable", sería aconsejable -siempre según la AEB- "que los pagarés fueran ofrecidos por el Banco de España a las entidades de crédito, de la misma forma que hoy se ofrecen los bonos del Tesoro. Si estos pagarés han sido creados para atender simplemente los alcances temporales de caja, al terminar el ejercicio estarán cancelados. Si, por contra, han sido emitidos para cubrir un déficit real superior al previsto, la deuda flotante en forma de pagarés del Tesoro existente al cierre del ejercicio debería consolidarse con la deuda pública a medio plazo a emitir en el ejercicio próximo".

Reticencias de la banca

La patronal bancaria añade que el propósito de ofrecer al público deuda pública a corto plazo no tendría, en su opinión, ninguna justificación, "y en las actuales circunstancias la banca lo estimaría como muy perjudicial.

Los expertos financieros consultados, aunque todavía no se conocen las condiciones de las emisiones de deuda a corto, estiman que con un tipo de interés similar al que se aplica actualmente a los bonos del Tesoro (un 15%-16%), un plazo de noventa días, y un flujo de emisiones trimestral de 30.000 millones de pesetas -a título de ejemplo- supondrían unos costes por intereses de 450 millones para la primera emisión, de 337 millones para la segunda, y de 225 y 122 millones para la tercera y cuarta emisión, respectivamente. Es decir, unos 1.124 millones en total, que suponen un 9,5% de los 120.000 millones que figuran en el proyecto de Presupuestos del Estado. El porcentaje sería poco relevante, reconocen estas fuentes, siempre que estuviera enmarcado en una financiación ortodoxa, "pero estamos convencidos que no va a ser así y estas cantidades se van a arrastrar en los ejercicios siguientes".

En el proyecto de ley de Presupuestos para 1982 la financiación del déficit previsto de 697.245 millones de pesetas figura de la siguiente forma: deuda pública interior a largo, 127.000 millones; deuda exterior, 100.000 millones; deuda del Tesoro a corto, 120.000 millones, y apelación al Banco de España, 350.000 millones. La documentación facilitada por Hacienda sobre los presupuestos del año próximo resalta que "la deuda del Tesoro a corto plazo, que empezará ya a emitirse en el último trimestre de 1981, va a jugar en 1982 un papel trascendental del que va a depender en parte considerable el éxito en la consecución de los objetivos monetarios. El articulado de la ley de Presupuestos para 1982, consciente de este problema, dota de mayor flexibilidad a la deuda del Tesoro, autorizando al Ministerio de Hacienda para sustituir en la medida necesaria, financiación vía Banco de España, por incrementos en la emisión de este tipo de deuda a corto".

El ministro de Hacienda, Jaime García Añoveros, preguntado sobre los efectos que podría tener la deuda pública a corto sobre el mercado -en el transcurso de la conferencia de Prensa de presentación de los presupuestos-, manifestó que ninguno en especial. Se trata de un mercado bástante restringido destinado a suscriptores de carácter institucional. "Podemos apelar al Banco de España o emitir deuda a corto; en ambos casos se queja la AEB, y lo que no puede ser es que nos acabe cogiendo el toro. Hemos hecho un esfuerzo importante para financiar el déficit en la deuda interior y en la exterior, y esto hay que reconocerlo".

Los medios financieros, que recuerdan que los bonos del Tesoro ascendían a 187.000 millones a principios de año y se dispararon hasta los 615.000 millones a 10 de septiembre último, coinciden con la Administración en que en principio no debería haber grandes diferencias entre los bonos del Tesoro y la deuda a corto. El bono es un instrumento exclusivo de regulación monetaria, pero se está utilizando para financiar el déficit. Y la deuda a corto, que tiene una finalidad específica, "nos tememos que también será utilizada para lo mismo".

Ante la discriminación que supone la imposibilidad de acceder las empresas a este mercado de deuda a corto, los medios financieros la excusan afirmando: "el mercado debiera ser completo y transparente, pero esto no existe en ningún sector. El mercado está cerrado en todos los lados, y además ¿por qué las empresas no tienen acceso a los bonos del Tesoro?".

No hay que olvidar, sin embargo, que la AEB, en su informe de noviembre, había pedido que en todo caso, si se emitía deuda a corto, los pagarés fueran ofrecidos a las entidades de crédito, "de la misma forma que hoy se ofrecen los bonos del Tesoro". La patronal bancaria pretendía también, en el citado informe, que la autoridad monetaria colaborara con ellos, antes de la confección del presupuesto de cada ejercicio, "a fin de estudiar la mejor manera de repartir la financiación del déficit (endeudamiento interno, externo y apelación al Banco de España) y poder así calcular la máxima cantidad de deuda interior que sería necesario emitir para que pueda quedar toda asegurada. Queda sobreentendido que si esta propuesta fuera aceptada debería hacerse extensiva al Banco Exterior de España y a las cajas de ahorro".

La deuda a corto, según las fuentes financieras consultadas, podría ser útil como recurso puntual ante desfases de caja, como el producido en 1980 como consecuencia del cambio del calendario de recaudaciones que hizo Abril Martorell, o el que puede producirse en el año 1982 por distorsiones en los flujos recaudatorios que tienen que remitir las comunidades autónomas al Tesoro Público.

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