Andalucía, un problema político singular
Al día siguiente de celebrado el referéndum andaluz tuve ocasión de declarar que los resultados del 28 de febrero creaban una situación política singular, una de cuyas salidas estaba en la inmediata reforma de la ley orgánica reguladora de las distintas modalidades de referéndum que permitiera a Andalucía acceder a la autonomía por el artículo 151 de la Constitución. En cualquier caso, al confirmarse el éxito del referéndum en Jaén, el Gobierno debe ordenar que se repita el referéndum en Almería.Los políticos están para intentar resolver los problemas políticos a través de fórmulas políticas, Andalucia hoy es un problema político singular y requiere una solución política singular.
Es ya casi un tópico decir que Andalucía el 28 de febrero obtuvo una victoria moral y política, pero no una victoria legal. Cuando se dice semejante cosa se está planteando una cuestión delicada y grave, porque algo no funciona bien cuando en política se es ganador moral y, sin embargo, se pierde formalmente. Algo funciona mal cuando los principales vencedores formales, terminan la confrontación en una profunda crisis.
Cuando se habla del triunfo moral y político, pero no legal, de Andalucía el 28 de febrero, se está pensando en lo inexplicable que resulta que un pueblo se quede sin la autonomía que desea cuando más del 55% del censo ha votado afirmativamente; el porcentaje de votos afirmativos favorables a la autonomía plena es superior al que obtuvieron Cataluña y el País Vasco; cuando los votos afirmativos han sijo abrumadoramente superiores a la suma de los votos en blanco, votos negativos y votos nulos, y ello tanto en el conjunto de Andalucía como en cada una de sus provincias; cuando en siete de sus ocho provincias han votado afirmativamente más de la mitad del censo y cuando en la única en que no ha ocurrido, los votos afirmativos han ganado abrumadoramente a todos los demás.
Se quiera o no se quiera, esto es políticamente inexplicable. Andalucía ha tenido siempre, y continúa teniendo graves problemas sociales y económicos. Hoy Andalucía es también, después del referéndum del 28 de febrero, un problema político.
Un caso peculiar
Andalucía es además un problema singular. Ha sido la primera y única comunidad que, al amparo del ejercicio del derecho que le recononoce la Constitución, ha superado los requisitos para pedir la autonomía por el artículo 151 de aquélla. Ha sido la primera y única comunidad a la que se le ha señalado por el presidente del Gobierno una fecha, ya histórica, para el referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica.
Andalucía ha sido la primera y única comunidad que ha celebrado el referéndum de ratificación 28 de febrero con unos resultados verdaderamente sorprendentes. Andalucía ha sido el único territorio de España en el que se ha celebrado un referéndum inédito e insólito en la historia de nuestro país. Una consulta en la que no bastaba obtener la mayoría de los votos afirmativos, sino que era necesario que esa mayoría fuese superior, en todas y cada una de las ocho provincias, a la suma de la abstención, más los votos negativos, en blanco y nulos que se depositaran en las urnas.
Con la Constitución de 1931, Andalucía tendría hoy autonomía plena si en el único referéndum que aquélla exigía se hubieran obtenido los resultados del 28 de febrero.
Creo que por la enorme extensión de su territorio y de su población (ambos cercanos al 20% de España), por la situación de subdesarrollo relativo en que se encuentra, por su españolísima y singular personalidad, por su enorme potencialidad, por la especial peripecia que acaba de vivir en el ejercicio de un derecho que la Constitución reconoce y garantiza, Andalucía no debe inaugurar el nuevo sistema democrático bajo el signo de la frustración y la sensación de discrimináción. Creo que eso no es bueno políticamente, ni para Andalucia ni para España.
Un problema político requiere ante todo una solución política, y ésta consiste, en el presente caso, en hacer también, de lo que ha sido una victoria moral y política, una victoria legal.
No voy a recurrir para ello al espíritu del nuevo principio consagrado en nuestra Constitución, que permite la creación de comunidades autónomas por razones de interés nacional. No hay que llegar a tanto.
La Constitución no impone la prohibición de repetir en cinco años la iniciativa autonómica por el artículo 151, cuando el referéndum de ratificación no se hubiera ganado por la mayoría del censo en todas las provincias. Esa prohibición nace del espíritu restringido y límitativo con el que apresuradamente se elaboró.
Debatió y aprobó la ley reguladora de las distintas modalidades de referéndum. Esa prohibición no existiría si el referéndum andaluz se hubiera convocado por real decreto-ley, como el de Cataluña y el País Vasco.
Esa ley puede ser modificada de inmediato por cuanto la Constitución se remite expresamente a ella en lo relativo a la forma y condiciones del referéndum. Nada hay en la Constitución que impida repetir seguidamente el referéndum en aquella o aquellas provincias en que no se hubiere obtenido el voto afirmativo de la mayoría absoluta del censo. La fórmula podría venir limitada por la exigencia acumulada de diversos requisitos, que serían los siguientes: que el voto afirmativo hubiere sido mayoritario en esas provincias; que el número de provincias en donde se hubiera ganado el referéndum fuera al menos de do tercios del total de las que componen la comunidad y que en el conjunto de la región los votos afirmativos hubieren superado la mitad del censo de electores.
En el caso de Andalucía, esta solución estaría aún más fundamentada por la anómala e increíble situación de los censos que han permitido contabilizar como abstenciones a los difuntos, a los menores, a los emigrantes y a los subnormales.
Las consecuencias de esta solución serían beneficiosas para todos. En primer lugar, para España, por cuanto el nuevo sistema democrático daría solución a un problema político que afecta a casi el 20% de su población y territorio, evitando un sentimiento de frustración y discriminación. ¿Cuánto daríamos hoy por tener a la mano para el País Vasco una solución tan sencilla como la que tenemos para Andalucía? ¿Qué podría pasar en apaña si Andalucía se convirtiera en un grave problema político al iniciarse el nuevo sistema constitucional?
En segundo lugar, sería bueno para Andalucía, que vería redondeada su victoria moral y política también con los efectos prácticos y positivos de una victoria legal. Temo que, de no ser así, corramos el riesgo de que ese gran pueblo que despertó durante la campaña del referéndum del 28 de febrero vuelva a adormecerse desilusionado, con la resignación tan andaluza del «aquí no hay nada que hacer», ni con dictadura ni con democracia.
Finalmente, encontrar una solución política adecuada sería bueno también para los partidos políticos, tan necesitadosi hoy de credibilidad, que habrían dado solución entre todos a un importante problema. Especialmente me refiero a UCD, que de manera apreciable mejoraría su imagen, enormemente deteriorada en Andalucía, y recuperaría mucho de lo mucho que ha perdido.
Los sucedáneos
En una situación como la actual en la que la mayoría de los andaluces han ratificado la iniciativa autonómica pedida por el 97% de los ayuntamientos, del 100% de las diputaciones y por la unanimidad de los componentes de la Junta de Andalucía, pretender reconducir la autonomía andaluza por el artícilo 143 va a resultar enormemente problemático y encierra el peligro de dividir a los andaluces.
La constitución misma de la asamblea para elaborar el Estatuto crea problemas de convocatoria, de asistencia de partidos, de documentos básicos para el debate e incluso de interlocutores. Lo que se aprobara en esa asamblea podría ser rechazado por el Gobierno y, dada su composición, por el Congreso y Senado.
Creo que la autonomía del articulo 143 sólo sería aceptada por algún sector de los partidos políticos si contuviera desde ya asamblea legislativa elegida de inmediato por sufragio universal, gobierno y tribunal superior de justicia; las competencias del articulo 148 de la Constitución, entre otras inmediatamente traspasadas y el compromiso incorporado al Estatuto de pasar a los cinco años automáticamente a la autonomía plena.
Andalucía ya habló el 28 de febrero, y creo que de manera bien clara. Los que ejercen la noble y representativa misión de convertir en realidad los legítimos deseos del pueblo tienen ahora la palabra.
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