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Los objetores cumplirán servicios sociales por doble tiempo del servicio militar

Los que en tiempo de paz se muestren opuestos al empleo de las armas, al ser llamados a cumplir sus obligaciones militares, «por razones de conciencia, basadas en profundas convicciones religiosas o éticas», podrán solicitar la exención del servicio militar y prestarán actividades de interés nacional por un tiempo doble del período establecido para el servicio en filas.Estas son algunas de las disposiciones fundamentales del proyecto de ley sobre objeción de conciencia elaborado por el Gobierno y al que ha tenido acceso la agencia Efe. El proyecto no se remitirá a las Cortes hasta que el Gobierno no apruebe el proyecto de ley del servicio militar.

La prestación social sustitutoria, -según establece el artículo 2.º del proyecto- «consistirá en activIdades de utilidad pública que no requieran el empleo de las armas, aunque puedan llevar consigo riesgos personales, y se efectuará prioritariamente en los siguientes sectores:

a) Conservación del medio ambiente, mejora del medio rural, protección de la naturaleza, especialmente extinción de incendios forestales y limpieza de montes.

b) Servicios sociales sanitarios; y

c) Cualesquiera otras actividades u obras que, ajuicio de la autoridad competente, sean de interés nacional».

Tres situaciones de prestación

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Esta prestación sustitutoria comprende tres situaciones: disponibilidad, desde que el solicitante obtiene la consideración legal de objetor hasta que se inicia la situación de actividad; actividad, en la que el objetor lleva a cabo, con dedicación exclusiva, los actos propios de la prestación social sustitutoria, con duración doble de la del período establecido para el servicio militar, y reserva, que se computa desde el término de la situación de actividad hasta que finalicen las obligaciones militares del reemplazo a que pertenece el objetor. En esta situación el objetor podrá ser llamado por el Gobierno a prestar nuevos servicios en el caso de graves riesgos, catástrofes o calamidades públicas.La prestación sustitutoria se efectuará «en formaciones jerárquicamente estructuradas con personal de la Administración del Estado o institucional, en régimen de residencia colectiva». Los objetores tendrán derecho a los mismos haberes que los soldados en filas y a prestaciones equivalentes, de alimentos, vestuario, transporte y derechos reconocidos por la legislación laboral.

Durante la actuación de actividad, los objetores no podrán «desempeñar cargo alguno, sea o no remunerado, ni tomar parte en actividades políticas o sindicales, con laexcepción, en todo caso, del ejercicio de los derechos de sufragio activo que según la ley puedan corresponderles, así como el mero mantenimiento de su anterio afiliación a organizaciones de carácter político o sindical».

Se creará una comisión nacional, en la Presidencia del Gobierno, que entenderá de todo lo relacionado con la objeción de conciencia. Sus resoluciones definitivas podrán ser objeto de recurso de amparo constitucional.

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