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Tribuna
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Los dos estatutos de autonomía: 1936-1979

Presidente del Gobierno vasco

Una fecha muy trascendental para los vascos en su larga historia de los dos últimos milenios es la del referéndum que va a tener lugar la semana próxima en nuestro país. En ese referéndum se autodeterminará nuestro pueblo al votar por el Estatuto de Guernica.Se me ha solicitado un artículo que compare este Estatuto de hoy con su predecesor, en virtud del cual, en 1936, se constituyó el Gobierno provisional de Estado, como consta en el acta de elección del presidente José Antonio de Aguirre, en escrutinio celebrado el día 7 de octubre, en la sala de juntas de la villa de Guernica.

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Para la comparación de aquel Estatuto, que habían aprobado las Cortes de la República española el día 1 de octubre, con el ahora sometido a referéndum, aprobado en la comisión del Congreso no hace dos meses, tanto o más que los textos de ambos estatutos cuentan otras importantísimas diferencias. La más importante, sin duda, es comprobar que uno y otro textos están sujetos, o dependen, de dos Constituciones del Estado español que se diferencian en aspectos muy fundamentales.

Aparte la institución suprema -República con presidente electivo, en un caso, y Monarca con sucesión definida, en el otro; con una Cámara legislativa, en el primero, dos Cámaras en el segundo-, la declaración de los derechos de los ciudadanos se halla, en el caso de hoy, articulada a las exigencias europeas y mundiales de los postulados definidos en la Declaración de los Derechos del Hombre, inexistente en cuanto a legislación en 1936.

Más directa y precisa es aún la definición de la existencia de nacionalidades en el Estado español, ignoradas en 1936 y declaradas en la Constitución actual vigente, para reconocerla en el Estatuto de Autonomía de Guernica al pueblo vasco.

Sobre estos principios o bases bien diferentes cabe ir, sin duda, más o menos lejos en la distribución de los poderes reconocidos a los órganos del País Vasco autónomo en uno y otro Estatuto.

Es, sin embargo, indispensable ir examinándolos en detalle, habida cuenta del marasmo o selva de intervencionismo del Estado -de todos los Estados políticos-, característica de este último cuarto del siglo XX.

Lo que a mí me incumbe en este lugar y ocasión es informar a la luz de nuestra experiencia, pues fui llamado a formar parte del Gobierno de Euskadi desde el mismo día 7 de octubre de 1936, y no he dejado de figurar en él hasta el presente, sin haber conocido interrupción alguna en mis responsabilidades y gestión de los cargos, primero, de encargado del departamento de Justicia y Cultura, y luego, de presidente del propio Gobierno. Mi deber fundamental es hoy, inexcusablemente, dar cuenta de la gestión colectiva de la institución creada entonces para los vascos.

Por mi preparación de jurista y de hombre de Administración públíca vasca desde 1915 hasta la fecha, sí pudiera llegar a caer en la tentación de hacer un examen a la lupa de los términos de ambos estatutos, por mis responsabilidades personales como gobernante en la enmarañada situación por la cual hemos atravesado los vascos desde 1936, me obligarían a enfocar la comparación en grandes planos, y no en visiones microscópicas, como son las de los comentarios de los textos legales en la mesa del letrado, el historiador o el profesor.

Se impone considerar uno y otro Estatuto en cuanto a su influencia para el futuro, sobre las alternativas fundamentales -vitales- de la guerra y la paz, la cultura, el progreso social, el mantenimiento, enriquecimiento y expansión de la identidad nacional vasca, sin olvidar la solidaridad general que tenemos con comunidades nacionales y políticas vecinas de la nuestra, con las grandes áreas geográficas en que nos movemos y con la Humanidad entera.

El Estatuto sometido ahora a votación es un instrumento de afirmación de Euskadi, de su existencia y de su vida, y lo es de su voluntad de paz, una voluntad de paz en el interior -entre los vascos- y de paz con nuestros vecinos. El que suscribe estas líneas no puede menos de sentirse obligado a recordar cómo con el otro Estatuto nos hallábamos en guerra en nuestro propio suelo, ya cuando nuestro Gobierno fue constituido, y cómo ésta fue seguida de una guerra mundial, mortífera como ninguna.

Aquel Gobierno, su vida durante las guerras y la postguerra, fue una reivindicación y un servicio permanente a la colectividad vasca y a la defensa militar y política de los derechos, no sólo de todos los integrantes de dicha colectividad, sino también del Estado español.

Esto pudo ser por haber recibido su misión en virtud de un Estatuto de Autonomía, con el cual pudo actuar en medio de las grandes tragedias que nadie podrá olvidar ya -pues fueron, en definitiva, mundiales- como Gobierno legal durante el largo exilio en todos los continentes.

Si por esa razón, y en virtud de las enseñanzas del inmediato pasado, ningún vasco puede excusarse de votar sí al Estatuto ahora, no son menos claras otras grandes circunstancias en el terreno de la cultura y el económico-social.

Es manifiesta, por otra parte, la obra en estos y otros terrenos de los vascos de generaciones siguientes a la de 1936-1945.

La idea esencial para mí es consignar la naturaleza de la decisión objeto del referéndum. Esa decisión consiste, en verdad, en aceptar un hecho fatal: el pueblo vasco, al decir sí en las urnas y aprobar el Estatuto de Guernica, va a decir sí a una época nueva. Una época nueva para Euskadi, para el Estado español (España, si ha de ser llamada así), para Europa y para el mundo.

Porque se está en vías de integrar España, de incorporarla a la Europa comunitaria, de estructurar esta última como una Europa de los pueblos, Europa de los trabajadores, Europa de las patrias, Europa de las naciones y de los Estados europeos.

A ella son llamados los vascos, con la especialísima virtud de volver a verse unidos todos, los hasta ahora separados por fronteras derivadas de la Historia y regadas con sangre en luchas fratricidas.

La verdadera opción de estos días próximos es que, con plena conciencia de ello, digamos sí a este gran designio, pues el sí es un sí a todas las tierras vascas y también al mar de los vascos.

Los destinos de nuestra identidad vasca, de nuestra unidad vasca y de nuestra posteridad vasca están en juego en la opción del 25 de octubre de 1979.

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