_
_
_
_
_

Las empresas con más de 50 trabajadores podrán pagar la nómina con talón bancario

En su reunión de ayer el Consejo de Ministros aprobó un decreto-ley por el cual las empresas con más de cincuenta trabajadores podrán abonar los salarios por medio de talón bancario, independientemente de la voluntad del trabajador. Esta facultad de las empresas se establecerá con ciertas condiciones, ya que el trabajador podrá elegir cobrar por medio de talón o por transferencia a la institución que designe y dentro siempre del municipio.

El decreto-ley en cuestión persigue un aumento de la seguridad en los movimientos de fondos y ha sido promovido por el Ministerio del Interior con objeto de evitar los atracos que con cierta regularidad se están produciendo. Muy recientemente, las instalaciones de la empresa General Eléctrica de Sestao fueron objeto de un atraco en el que el botín ascendió a 32 millones de pesetas; se da la circunstancia de que la empresa había realizado una campaña entre sus trabajadores para conseguir que los cobros se realizaran por medio de talones o transferencias, pero sólo unos trescientos de sus 3.000 trabajadores accedieron voluntariamente a esta medida.Tras la petición del Ministerio del Interior, el Ministerio de Economía encomendó a la Asociación Española de Banca Privada la elaboración de un proyecto de decreto, que fue elevado a las autoridades económicas a finales del mes de julio

La disposición legal contiene cuatro tipos de medidas:

-Los bancos e instituciones de crédito sólo estarán obligados a abonar en efectivo aquellos talones que no superen el medio millón de pesetas. Por encima de esta cifra, las instituciones financieras podrán pagar pero no están obligadas a ello.

-En segundo lugar, se refuerza el talón desde el punto de vista penal. Esto requiere la modificación del Código Penal, en donde se establecen penas ridículas para los que libran talones sin fondos, lo que ha contribuido enormemente al desprestigio de este documento de pago. Las penas que se van a establecer con esta modificación del Código Penal serán de arresto mayor y multa del tanto al triple del importe del talón, de forma que un talón extendido contra una cuenta sin fondos, si el talón es por valor de un millón de pesetas, la multa se establece en tres millones de pesetas.

-En tercer lugar, los talones tendrán la misma eficacia ejecutiva que las letras de cambio, con posibilidad de embargo.

-Por último, las empresas con más de cincuenta trabajadores pueden, a su libertad, y tanto si los trabajadores quieren como si no, pagar por medio de un talón o transferencia bancaria, dentro del término municipal. Esto supone una modificación de la ley de Relaciones Laborales.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_