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Conformidad para implantar el sistema bicameral

«Este Consejo parece que siente alergia al reconocimiento simpático del principio de la soberanía nacional.» La frase, pronunciada ayer tarde por el consejero nacional señor Pedrosa y la reacción rumorosa producida en la Sección Primera del Consejo Nacional que informa el proyecto de ley de reforma política muestra el máximo grado de tensión que registraron los debates de ayer. Por lo demás, las deliberaciones transcurrieron sin demasiado interés, y sólo la delimitación de las competencias de las Cortes y el Rey respecto a la potestad legislativa animó la jornada. La Sección inició también el debate sobre el capítulo del informe de la ponencia relativo al sistema bicameral.

Con escasa asistencia de consejeros y unas primeras intervenciones poco polémicas continuaron en la mañana de ayer los debates en torno al informe elaborado por la ponencia del Consejo Nacional del Movimiento sobre el proyecto de ley de reforma política en la Sección Primera del Consejo, presidida por Jesús Fueyo.Al igual que en la sesión del día anterior, las intervenciones de la mayoría de los consejeros apuntaron hacia una crítica al proyecto gubernamental, mostrando sus reservas ante el hecho de que la reforma prevista pudiera llegar demasiado lejos.

El párrafo que recogía la primera propuesta de modificación del texto del proyecto elaborado por el Gobierno fue objeto de un largo debate que hubo de ser interrumpido, a mediodía. La ponencia prononía que en el artículo primero del proyecto del Gobierno se diga que la democracia «se basa en la supremacía de la ley, expresión de. la voluntad mayoritaria del pueblo», en lugar de la «voluntad soberana del pueblo», tal como dice el actual proyecto. La mayoría de los consejeros que intervinieron defendieron el término mayoritaria frente A soberana. El señor Oriol y Urquijo solicitó que se suprimiera el artículo primero, ya que en él se hacía una declaración de principios que no se correspondía con la realidad. «En estos momentos -dijo- no hay supremacía de la ley, porque lo ilegal se permite y no se persigue judicialmente. » Añadió que la ley no responde a la expresión de una voluntad general del pueblo, sino que es «una ordenación de la razón».

El señor López Rodó se refirió al segundo párrafo del artículo primero, que dice que «la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes», y solicitó que se sustituyera por: «La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.» Esta tesis fue apoyada por los señores Martínez Esteruelas y Pedrosa, y rebatida por el señor Garicano, quien afirmó que era un error involucrar al Rey en la tarea de legislar.

Cerró el debate de la mañana el señor Ortí Bordás, quien en nombre de la ponencia defendió la tesis de que la soberanía reside en el pueblo y no en el Rey, que éste debe limitarse a sancionar y promulgar las leyes y que la potestad de elaborar las leyes no debía caer en el Soberano.

La sesión de la tarde se inició con escaso número de consejeros, hasta el punto que el señor Pedrosa registró las ausencias y lamentó que temas de tanta importancia se fueran a resolver en familia.

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El tema que había quedado pendiente de la mañana suscitó el primer debate destacable de la tarde. El señor Martínez Esteruelas insistió en que hacer las leyes, que el proyecto atribuye en exclusiva a las Cortes, incluye también la sanción y promulgación que corresponden al Rey. Se trataba de una cuestión técnica.

El señor López Rodó se mostró molesto por la pérdida de la adhesión del señor Pedrosa, a quien acusó de practicar el deporte de fabricar maniqueos. El creador de los planes de desarrollo españoles aseguró que en su intervención matinal no había desconocido la titularidad popular de la soberanía -se había referido sólo a la potestad legislativa-; ni había defendido que el Rey participara en la elaboración de las leyes, ni que dictara disposiciones sin el oportuno refrendo.

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