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Educación cambia el requisito de distancia para el transporte escolar

La distancia mínima de los tres kilómetros que debe separar el núcleo de población del centro educativo no serán lineales sino los de "trayectoria accesible y segura"

Valencia -
Madres del colegio de Montserrat (Valencia) aplauden la llegada del microbús que llevará sus hijos al colegio.
Madres del colegio de Montserrat (Valencia) aplauden la llegada del microbús que llevará sus hijos al colegio.EFE

La Consejería de Educación ha suprimido hoy el requisito de vivir a más de tres kilómetros del colegio "en línea recta" para ser beneficiario del servicio de transporte escolar, de modo que se mantiene la distancia pero "siguiendo la trayectoria de menor distancia accesible y segura".

El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana  (DOCV) ha publicado una resolución que modifica la del 12 de junio de 2015, elaborada por la anterior Administración del PP, por la que se establecen las condiciones para ser usuario del servicio de transporte escolar colectivo para el curso 2015-2016.

En la misma se señala que "diferentes pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana han determinado la nulidad del apartado de la resolución que anualmente regula el servicio de transporte escolar colectivo en que se prevé que la distancia de los tres kilómetros, para determinar los posibles beneficiarios, se mida en línea recta".

Por ello, "también se hace necesario que la extensión voluntaria del servicio de transporte se modifique y se amplíe con la finalidad de proporcionar un tratamiento no discriminatorio entre el alumnado, tal y como prevé el pronunciamiento de la referida sentencia y proporcionar así un servicio público educativo de calidad al alumnado y eliminar los obstáculos de cualquier naturaleza que impidan o dificulten el ejercicio del derecho a la educación".

Así, el apartado que fue objeto de polémica queda redactado de la siguiente forma: "Alumnado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria el domicilio habitual del que, debidamente acreditado, esté a una distancia igual o superior a 3 kilómetros. del centro educativo en que esté escolarizado siguiendo la trayectoria de menor distancia accesible y segura".

Con carácter excepcional y, con un informe previo motivado de la dirección territorial competente en materia de educación, se podrán tener en cuenta aquellas zonas en que el acceso al centro docente sea dificultoso a causa de la orografía del terreno, de la peligrosidad de las vías o del tiempo de acceso.

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El criterio utilizado por la exconsejera de Educación María José Català provocó las protestas de los padres y madres de alumnos de distintos centros educativos que en distancia lineal estaban a menos de tres kilómetros pero que por el único camino transitable estaban a mucho más lejos.

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