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Abiertas diligencias contra Esperanza Aguirre por un delito de desobediencia

La expresidenta regional tuvo un incidente de tráfico el pasado 3 abril con agentes de Movilidad y policías locales

La presidenta del Partido Popular, Esperanza Aguirre, en la sede del Partido en Madrid.
La presidenta del Partido Popular, Esperanza Aguirre, en la sede del Partido en Madrid. EFE

El juez Carlos Valle, titular del Juzgado de Instrucción número 14  de Madrid, ha abierto diligencias previas por un posible delito de desobediencia para investigar el incidente de tráfico protagonizado el pasado 3 de abril por la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, han informado fuentes jurídicas.

La apertura de la investigación judicial se produce después de que la Audiencia Provincial de Madrid estimara el pasado 5 de septiembre que los hechos ocurridos ese día en la calle Gran Vía de la capital encajaban en un delito de desobediencia, contemplado en el artículo 556 del Código Penal, y no en una falta leve como apreciaba el juez instructor.

Las mismas fuentes han indicado que el hecho de que se abran unas diligencias no implica que la causa no pueda acabar instruyéndose como un juicio de faltas y han añadido que en ambos casos, en el de delito y en el de falta, la presidenta del PP de Madrid podría salir absuelta.

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El juez citará en los próximos días a Aguirre a declarar previsiblemente como imputada, para que pueda acudir con todas las garantías procesales al Juzgado a aclarar los hechos acompañada por su letrado. La presidenta del PP de Madrid ya dijo que acudiría "encantada" a explicar lo sucedido el 3 de abril con los agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.

Los magistrados de la Audiencia consideraron que la conducta de Aguirre, cuando protagonizó su incidente de tráfico, hizo que incurriera en una desobediencia "tenaz, contumaz, rebelde, decidida y terminante" que estuvo representada por múltiples actos concretos.

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Destacaban que la desobediencia vendría acompañada "incluso de expresiones de menosprecio hacía los citados agentes en el ejercicio de sus funciones, por lo que los hechos revisten provisionalmente caracteres de un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal".

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