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Mas sigue con la consulta pese al dividido aval de su consejo jurídico

Un organismo de Garantías Estatutarias partido en dos dictamina que el 9-N no infringe la Constitución “Somos muy tozudos y votaremos”, dice Homs

El conseller de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Francesc Homs.
El conseller de la Presidencia y portavoz del Gobierno, Francesc Homs.Marta Pérez (EFE)

El Gobierno catalán expresó ayer de forma inequívoca su absoluta disposición a convocar la consulta soberanista el 9 de noviembre al amparo del informe de Consejo de Garantías Estatutarias, que ha concluido que la Ley de Consultas de la que penderá el referéndum se adecua al Estatuto de Cataluña y a la Constitución. El órgano consultivo, que valida o no los proyectos de ley del Parlamento catalán, elaboró un ajustado dictamen en el que cinco de sus miembros respaldaron el texto y otros cuatro emitieron votos particulares. Pese a la fuerte división, insólita en un dictamen, el Ejecutivo catalán y los partidos soberanistas (CiU, ERC, ICV y la CUP) esgrimieron la legitimidad de la ley para llamar a los catalanes a votar.

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Francesc Homs, consejero de la Presidencia, afirmó que el documento ofrece “sólidos argumentos” para convocar la consulta al sostener que es constitucional. Sobre la base de esa conclusión, instó al Gobierno de Mariano Rajoy a no impugnarla. “La realidad es tozuda y obstinada, y el pueblo de Cataluña, aún más”, avisó el también portavoz del Gobierno. En su análisis, Homs soslayó de entrada las impactantes divergencias de los consejeros, pero instó a no hacer lecturas equivocadas sobre lo que piensan unos y otros. En todo caso, minimizó los efectos de los cuatro votos particulares al remarcar que lo relevante es que la ley pasa el corte. “Nosotros siempre acatamos los informes, tanto si nos favorecen como si no. Esta misma semana nos han invalidado un impuesto”, dijo respecto a un tributo sobre energía nuclear pactado por CiU y ERC y tachado de inconstitucional por el citado organismo.

En un informe de 150 páginas, Garantías Estatutarias, que analizó preguntas de todos los partidos —el PSC fue el que más planteó—, concluye que la consulta se adecua al artículo 122 del Estatuto catalán, que versa sobre la capacidad de convocar consultas populares no referendarias. En sus fundamentos, el dictamen fija que la Generalitat puede interpelar a los ciudadanos sobre las competencias que tiene asignadas y también por el conjunto de “funciones y facultades y de impulso político que le son atribuidas”. Es decir, incluye la soberanía cuando el Estado reivindica que solo le compete a él. La cuestión capital es que el informe determina —por solo un voto— que la consulta no es un referéndum, y admite que estos solo los puede convocar el Estado para modificar Estatutos o la misma Constitución y convocando al cuerpo electoral.

El organismo

¿Qué es el Consejo de Garantías Estatutarias? Es una institución de la Generalitat que vela por que las normas y disposiciones aprobadas por el Gobierno catalán se ajusten a la Constitución y al Estatuto de Autonomía. Sus dictámenes tienen carácter consultivo, por lo que no es equiparable al Tribunal Constitucional.

¿Cómo son escogidos sus miembros? La institución está formada por nueve "juristas de competencia y prestigio reconocidos". Son designados por un periodo de nueve años y no pueden ser reelegidos. Seis de ellos son nombrados a propuesta del Parlamento catalán y los tres restantes, a propuesta de la Generalitat.

¿Qué ocurre después del informe? El Gobierno catalán considera que el texto avala el marco legal previsto para celebrar la consulta sobre la independencia el próximo 9 de noviembre. La semana del 18 al 22 de septiembre, poco después de la Diada, el Parlamento catalán aprobará la ley de consultas.

El documento alega que la votación es consultiva y no vinculante y que solo aspira a conocer con “cierta precisión” la posición de la ciudadanía sobre un tema de valoración política y, en consecuencia, en este caso, “no tendrá ningún efecto sobre el artículo 1.2 de la Constitución”, es decir, el que consagra que la soberanía recae en todos los españoles. El cuerpo del informe anima en varias ocasiones a hacer una lectura flexible y abierta de la norma constitucional y recuerda que ni siquiera el artículo 92 de la Ley Fundamental, que trata sobre la convocatoria de los referéndums, o la misma ley que regula el artículo acotan los asuntos a abordar.

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El organismo defiende el derecho a conocer la opinión de los ciudadanos sobre la base de dos sentencias. Primera, la de la Corte Suprema de Canadá, que no cuestionó el referéndum del Quebec. Y, segunda, la del Tribunal Constitucional sobre la declaración de soberanía del 23 de enero, cuando admitió que el orden constitucional se podía modificar. “En el marco constitucional español”, señala el Consejo de Garantías, “no existen materias ni asuntos vedados a la opinión y excluidos del parecer ciudadano (...) sobrentendiendo que las consecuencias de esta opinión vendrán limitadas por las prescripciones constitucionales”, dice el dictamen, subrayando que esos instrumentos pueden ser útiles como escenarios de “tanteo”.

Los soberanistas ya acogieron en su día la reflexión del Constitucional como un triunfo y Homs puso el acento en ello: “A nadie se le pasó por la cabeza no dejar votar”. El dictamen no valoró la petición del PSC y PP sobre la legalidad de las preguntas del 9-N porque sus miembros afirman que es un acuerdo de naturaleza política y desborda su marco competencial.

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