¿Marcha atrás de Chile en la defensa de la neutralidad de la Red?
Polémica sobre si el reglamento altera la ley que consagra el principio
Tú haz la ley que yo hago el reglamento. Este dicho jurídico refleja que los principios que establece una ley pueden alterarse en el reglamento de aplicación de la misma. Ésta es la polémica que se vive en Chile tras conocerse el borrador del reglamento a la ley que establecía la defensa de le Neutralidad de la Red.
Según Fayerwayer, recogiendo una filtración de Neutralidad Sí!, algunos puntos el reglamento podrían no estar alineados con los principios proclamados por la ley. El núcleo del debate está en que en el citado reglamento, artículo 8, los proveedores de acceso puedenrealizar actos de bloqueo, interferencia y degradación de la conexión a Internet, siempre que los clientes hayan sido avisados al respecto. Según el artículo, "se considerará como acción restrictiva a la neutralidad en la red toda aquella medida de gestión de tráfico y/o administración de red que tienda a bloquear, interferir, priorizar, discriminar, entorpecer, restringir y/o de cualquier forma obstaculizar el acceso a servicios, aplicaciones y contenidos de la red, que no haya sido expresa, debida y previamente informada a los usuarios por los medios regulados en el presente reglamento o que sea ejecutada de manera arbitraria o discriminatoria". ¿Puede deducirse de ello que si los proveedores de acceso dan publicidad a sus conductas discriminatorias del tráfico...éstas serían legales?. La ley admite la gestión del tráfico, por ejemplo, para administrar su saturación, siempre que no afectara a la competencia.
La autoridades chilenas han explicado que la ley autoriza la gestión del tráfico para garantizar la calidad del servicio. "Por ello la ley y el reglamento establecen la obligación de las empresas proveedoras de transparentar sus ofertas y planes, explicando en detalle la gestión de tráfico que realiza la empresa, para que las personas sepan claramente cuál va a ser su velocidad efectiva y puedan elegir el mejor servicio disponible, obligando a las compañías a competir por calidad de servicio".
La norma obliga a las empresas a publicar en un sitio web todos los indicadores de calidad de servicio de sus planes, para que los consumidores puedan elegir al mejor". Según las autoridades, hasta ahora, "teníamos una distorsión en el mercado de Internet y muchas arbitrariedades. Como analogía con el agua potable y la electricidad, tenemos ahora una gran mayoría de familias y usuarios que pagan costos excesivos por mantener una ampolleta encendida en su casa, para permitir que una minoría ilumine un estadio día y noche. La ley de neutralidad sincera el mercado y permite que millones de personas de menores ingresos, entren también al mundo de la banda ancha y no siga siendo un privilegio de pocos. De esta forma, los usuarios intensivos de ancho de banda (heavy users), que buscan carreteras más anchas para correr solos a gran velocidad sin tacos ni semáforos, podrán buscar planes a su medida al costo real, sin que ello signifique subir el costo de los planes al 95% restante de los usuarios".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.