ITALIA: Confusión legislativa
Berlusconi creó un comité para regular la piratería de cuya actividad no se tiene noticia | Subir archivos registrados a la Red se considera un delito penal
La ley italiana que tutela los derechos de autor es del 22 de abril de 1941. Por supuesto, con el paso de los años, el texto ha sufrido numerosas actualizaciones y modificaciones, muchas de ellas introducidas a raíz de Internet y de las prácticas de carga y descarga de archivos digitales, como películas o canciones. No existe una ley orgánica sobre la distribución en la red de obras protegidas por el copyright, tanto que trazar hoy los límites entre lo que se puede y no se puede hacer en la Red resulta complicado.
A principios de 2009, el Presidente del Consejo de Ministros (Silvio Berlusconi) firmó un decreto que creaba un comité técnico contra la piratería digital y multimedia, destinado a escuchar las diferentes opiniones (desde la SIAE -la SGAE italiana- hasta los responsables de web de P2P) para así proponer una serie de soluciones contra la piraterí. Una actividad que -habían evaluado los responsables del comité- quita al sistema económico del país cinco millones de euros al año. De ese comité, anunciado con bombo y platillo, se ha perdido el rastro.
Resulta imposible averiguar siquiera si sigue en pie, mucho menos si ha logrado algún resultado. Parece que no. Así que el asunto sigue regulado por la llamada ley Urbani, que toma su nombre del ministro que en 2004 la hizo aprobar. Se trata de una norma que establece ayudas a las salas de cine y que, en un apartado, trata también cómo tutelar las "obras de creación protegidas por derecho de autor" descargadas ilegalmente. La Ley castiga con un delito penal a quien ponga en la red archivos (por ejemplo,canciones o películas o series) y una falta administrativa para quien se los baje.
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