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La Audiencia ratifica la condena a Julio Alonso por difamar a la SGAE

El creador del 'blog' Merodeando recurrirá ante el Supremo porque la sentencia "no valora la diferencia entre la injuria y la crítica razonable".- La SGAE muestra su satisfacción: "Internet no es ajeno a la ley"

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia contra Julio Alonso, autor del blog Merodeando, por vulnerar el derecho al honor de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Hace tres años un tribunal de primera instancia condenó por este motivo al responsable de la empresa Weblogs S.L y le impuso el pago de 9.000 euros de indemnización y a eliminar esos comentarios. Alonso los retiró, pero también recurrió la sentencia que ahora le ha vuelto a dar la razón a la SGAE. La entidad de gestión de los derechos de autor ha expresado a este periódico su satisfacción por el fallo. "La sentencia continua con una línea de jurisprudencia, como la dictada en los casos Puta Sgae y A las barricadas, que ya estableció la responsabilidad de los titulares de un sitio sobre los comentarios que se viertan allí. El mundo de Internet no es ajeno a la ley y, en este caso, al respeto al honor".A finales de diciembre de 2009, el Supremo confirmó sentencia que condenó a la Asociación de Internautas a pagar 18.000 euros a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por haber alojado en su portal de Internet páginas como "www.putasgae.org" y "www.antisgae.internautas.org", que a su vez contenían expresiones injuriosas contra la sociedad de autores.

En el caso contra Alonso, la Audiencia Provincial de Madrid, como ya sentenció el juzgado de primera instancia, no considera que el post de Alonso, titulado SGAE=Ladrones, fuera injurioso, pero sí que lo eran los comentarios asociados. Por ello, considera al creador de la bitácora "colaborador necesario" porque incitó a los lectores a injuriar a la SGAE.

"He vuelto a perder, pero recurriré ante el Supremo" asegura Julio Alonso en conversación telefónica. "De entrada, el colaborador necesario es una figura del derecho penal y esto es un juicio por lo civil. Además, en niguna de las dos sentencias se entra a analizar cuáles son realmente los comentarios injuriosos y dónde está el límite entre la injuria y la crítica razonable".

Alonso también lamenta que la Audiencia no hable en su resolución del "conocimiento efectivo", que contempla la LSSI porque "el fallo establece una responsabilidad directa y objetiva de los comentarios que hay en el blog". En su opinión, "es preocupante porque marca un precedente sobre la responsabilidad de la gente que tiene blogs o espacios de debate en Internet. Si se mantiene este criterio, ya veremos que dice el Supremo, se acabará la web participativa, porque los responsables de estas páginas, por miedo, practicarán la autocensura".

La batalla judicial que libra la SGAE por la vía civil contra Alonso comenzó en 2004 cuando Alonso se hizo eco en su blog del lanzamiento de una campaña contra la SGAE por el sistema conocido como Google Bombing, un método por el que se puede colocar ciertas web en los primeros resultados de Google asociándolas a un palabra o texto determinado.En este caso se logró en cuatro días.

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