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El Supremo rechaza la obligación de las cadenas de financiar el cine

El tribunal argumenta que la norma va en contra de la libertad de empresa

Rosario G. Gómez

El Tribunal Supremo (TS) ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad contra la ley que obliga a las televisiones a invertir un porcentaje de sus ingresos en cine español y europeo. El alto tribunal estima que esta norma va en contra de la libertad de empresa que garantiza la Constitución, restringe la capacidad de las televisiones para decidir el destino de sus inversiones y no responde a razones imperiosas de interés general. Desde 1999, cuando el Gobierno del PP impuso a los operadores audiovisuales públicos y privados la obligación de destinar un 5% de sus ingresos anuales a financiar producciones cinematográficas, las cadenas han invertido (forzosamente) más de 1.100 millones de euros. Esta ley obliga a grandes cadenas, como Antena 3, Telecinco, TVE y Sogecable. Esta imposición aparece también en la Ley General Audiovisual (LGA), que hoy será examinada en la Comisión Constitucional del Congreso.

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El auto de la Sala Contencioso Administrativo del TS, conocido ayer, es un paso más en una vieja reclamación de la Unión de las Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca), que ha llegado al Tribunal Europeo de Luxemburgo. Uteca, la entidad que agrupa a las seis cadenas privadas, ha venido reclamando la inconstitucionalidad de una medida que, aunque a regañadientes, ha cumplido desde hace diez años. En esta tarea, las empresas televisivas han sido vigiladas de cerca por el Ministerio de Industria, encargado de hacer el seguimiento de las inversiones.

Ahora, el Supremo reconoce que la imposición por ley a una o varias empresas del destino forzoso que tienen que dar a sus inversiones -un 5% de sus ingresos, no de sus beneficios, pudiéndose dar la paradoja de que una televisión en pérdidas tuviera que destinar parte de sus ingresos a financiar películas- constituye una restricción de la libertad de empresa. Máxime cuando esas inversiones no van destinadas a una actividad televisiva sino a una rama económica distinta como es la industria cinematográfica. "La capacidad de decidir de modo autónomo dónde y en qué invertir los recursos propios es parte del núcleo duro o indisponible de la libertad empresarial", precisa el Supremo. Y añade que el legislador no puede, "salvo que esté fundado en razones imperiosas de interés general", imponer "el destino forzoso de las inversiones empresariales".

Deja claro el Supremo que la medida que en su día dictó el Gobierno de José María Aznar no responde a ninguna transposición de la directiva comunitaria sobre Televisión sin Fronteras, sino que fue una norma creada por España al margen de las exigencias de la UE. Además, recuerda que tal obligación no era una condición cuando los operadores privados españoles se presentaron al concurso para obtener una licencia. Es decir, que la imposición es ajena al "régimen concesional" que rige su actividad. Es, a juicio del alto tribunal, una obligación que nace "extramuros" de las disposiciones que regulan la televisión en España.

Además, la obligación no es igual para todos. La ley en vigor (y también la que se tramita en el Congreso) sólo afecta a las cadenas que emiten películas de menos de siete años de antigüedad. La LGA, elaborada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, ha incorporado cambios. Aumenta la cuota que tiene que destinar TVE (un 6% de sus ingresos) y permite a las privadas que una parte de su 5% se destine a inversiones en series, documentales y producciones de animación, un subsector cada vez más potente de la industria audiovisual.

No obstante, el Supremo no cierra la puerta a la posibilidad de que las cadenas contribuyan con su dinero a fortalecer el cine. Estima que la ley podría incentivar el uso de los recursos de las televisiones para invertirlos en ese sector a través de fórmulas diversas (incluso fiscales), pero no cree que haya razones para imponer un "sacrificio" que merme la libertad de un sector, garantizada por el artículo 38 de la Constitución, para beneficiar a otro.

El auto no es unánime. Cuenta con el voto particular de un magistrado, partidario de mantener el polémico 5% porque es "una obligación inherente" al servicio público de la televisión, que limita la libertad de inversión en determinadas empresas.

Imagen de <i>Celda 211,</i> película en cuya financiación ha participado Telecinco.
Imagen de Celda 211, película en cuya financiación ha participado Telecinco.

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