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vida&artes

Pague como obra nueva una ópera con 300 años

Los derechos de autor se cargan a obras clásicas por la adaptación de las partituras - Competencia pide una reforma legal - El marco español difiere del europeo

Un tal Vicente Martín y Soler le quitaba foco a Mozart en los teatros del siglo XVIII. De Viena a Venecia arrasaba su ópera bufa El árbol de Diana. Si hoy se quiere representar esa ópera con 230 años de antigüedad hay que pagar derechos de propiedad. Esto es muy frecuente en el mundo de la ópera, donde los propietarios de las partituras originales de hace siglos han ido modificándolas para así renovar los 80 años de protección y seguir recibiendo suculentos ingresos.

La mayoría de las óperas siguen sin ser de dominio público. Es uno de los casos de abuso de la propiedad intelectual. Y lo del "abuso" lo dice la propia Comisión Nacional de la Competencia (CNC), que desde hace más de un año reclama otra ley.

Por el mismo libreto, la tarifa en España es del 14% y en Londres del 9%
La televisión de Asturias se niega a pagar por lo que ni usa ni difunde
Basta cambiar una nota para que una partitura no pase a dominio público
"El conservatorio de Ontinyent no puede tocar zarzuela. Sale caro", dice Caisedo
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"No existe control sobre las tarifas que fijan las entidades", recuerda la Comisión Nacional de la Competencia. "Acabaremos interpretando solo a Vivaldi", pronostica Felipe Caisedo, del valenciano Palau de les Arts. "Queremos poder elegir entre la partitura pública y la revisada", implora Juan Carlos Matellanes, de Opera XXI, la asociación de los teatros y festivales españoles de ópera.

Los derechos de El árbol de Diana no van a los herederos de Martín y Soler sino a las sociedades de gestión y el Instituto Complutense de Ciencias Musicales (ICCMU), creado para "la recuperación del patrimonio y la difusión de la música española e hispanoamericana". O sea que recupera música tan olvidada como la de Martín y Soler y luego pasa la bandeja por la revisión. El portavoz de las SGAE, Antonio Rojas, defiende el cobro: "El ICCMU recupera manuscritos, material original que sería imposible de representar hoy en día. Y se considera legalmente obra nueva".

"El sistema jurídico actual es ineficaz porque se incumple sistemáticamente con abusos por los dos extremos: por parte del consumidor y por parte de las agencias de los autores", argumenta Joaquím Badia, abogado del Liceo de Barcelona. "Exgae [plataforma que plantea otra manera de gestionar los derechos de autor] y editores musicales son dos extremos de un sistema roto".

¿Cómo es posible que por representar La Cenerentola o cualquier otra ópera de Rossini, fallecido en 1868, un teatro pague 240.000 euros? Rojas, de la SGAE, se explica: "Esta es una queja recurrente, pero es el mismo caso que una adaptación de Shakespeare. Y se cobra por un porcentaje de taquilla".

"Las casas editoriales, para mantener vivos los derechos de propiedad intelectual de sus partituras y evitar que pasen a dominio público, crean nuevas ediciones sobre las que nacen nuevos derechos, obligando a los teatros a seguir pagando". Así lo explicaba Abril Abogados en un informe encargado por Opera XXI.

La ley no exige un mínimo de revisión para implorar el derecho de autor, basta cambiar una coma. Aunque en algunos casos la revisión es necesaria, en la mayoría es simplemente una triquiñuela legal para seguir exprimiendo la ley española de propiedad intelectual.

Los juristas puntualizan que la ley es para proteger al creador, no al que simplemente limpia, adapta o quita un instrumento. Y si finalmente hay que pagar por una adaptación necesaria, señala Abril Abogados, no tiene sentido igualar el derecho del revisor al del autor.

La maniobra del monopolio no acaba aquí. Las partituras y libretos de las óperas populares están en poder de editoriales europeas. En España la tarifa ronda el 14%, de la taquilla cuando la misma partitura en Londres puede ser del 9%. Pero un teatro español no puede ir a negociar a Londres, sino que ha de ir al representante en España. Al ser el vendedor único rige el sagrado principio de lo tomas o lo dejas.

La mitad del mercado español de contratación de zarzuela y ópera lo tiene la editora Monge y Boceta. Su portavoz Inmaculada Monge rechaza la carestía de sus precios. "A veces la tarifa en España es más cara y a veces no, pero no depende de nosotros. Nosotros representamos a los editores y son ellos quienes ponen la cifra".

En enero de 2010 la Comisión Nacional de la Competencia desglosó el desbarajuste de la actual ley de propiedad intelectual. "El proceso de negociación no garantiza que las tarifas sean razonables y equitativas, puesto que el marco legal permite que, ante una falta de acuerdo, se apliquen las tarifas fijadas previamente de modo unilateral por la entidad monopolística".

"Pedimos más transparencia", dice Juan Carlos Matellanes presidente de Opera XXI, aunque su reivindicación básica es una: "Que los teatros tengamos la opción de elegir entre la partitura original, de dominio público, o la revisada".

Su prudencia reivindicativa se repite en otros testimonios, algunos incluso se niegan a hablar, como el Teatro Real de Madrid. En primera instancia, al exponer el problema, el servicio de prensa, lo saluda con un esperanzador "Ya era hora que alguien se atreviera a hablar de eso". Dos días después, el mismo gabinete comunica que nadie va a hablar. El tema no parece peligroso: debatir el pago de derechos de autor, pero en la práctica es como mentar a la mafia calabresa y que el periodista sea un heroico Roberto Saviano. Una situación que se repite una y otra vez. El Palau de les Arts de Valencia sí autoriza a Felipe Caisedo a opinar. Dedicado al departamento de producción, Caisedo sólo se atreve a filosofar sobre las consecuencias del estado actual de las cosas y a título personal. "¿Por qué la Royal College de Londres va a interpretar al maestro Chapí si les cuesta carísimo? Programan a Mendelsson, que es gratis. El público no se va a quejar; quien pierde es la música española".

"Los alumnos del conservatorio de Ontinyent no pueden interpretar una zarzuela o una rondalla a causa del pago de los derechos", cuenta Caisedo. La SGAE lo niega rotundamente: "Tenemos el alquiler de partituras más bajo del mundo, y en el caso de las de zarzuela es vergonzosamente barato", asegura Rojas.

Monge reconoce: "A veces es difícil encontrar el material y en otras se ha revisado la obra, con lo cual entra otra vez bajo la ley de propiedad intelectual".

La CNC pide cambiar la ley. "Los problemas tarifarios introducen distorsiones en los mercados (...) porque dan lugar a precios excesivos por el repertorio".

Tras años de pagar y pagar lo que las entidades exigían a las televisiones públicas, la de Asturias se plantó. "La Televisión del Principado de Asturias", explica su gabinete jurídico, "no se niega a pagar lo que usa y difunde, pero sí se niega a pagar lo que no se usa y no se difunde". Su postura le ha llevado a verse en los tribunales.

La secretaría jurídica de la radio televisión del Principado de Asturias (TPA) (también se evita personalizar las declaraciones) explica. "Nos oponemos sistemáticamente a que las entidades de gestión fijen unilateralmente tarifas por disponibilidad, que ignoran el uso efectivo de los repertorios".

"Imponen sus porcentajes", explican los abogados de la TPA, "sobre los ingresos destinados a cotizaciones a la Seguridad Social, dotaciones por amortizaciones, IVAS no deducidos, aportaciones por compensación de pérdidas; partidas que no tienen ninguna relación con la difusión del repertorio que gestionan".

Hasta hace poco, los rebeldes habían sido condenados sistemáticamente por los tribunales; pero la historia está cambiando. La jurisprudencia europea habla de tarifas "razonables y equitativas", incluso en España algo se mueve. "Las últimas sentencias del Tribunal Supremo reconocen que solo hay equidad y racionalidad si la remuneración a satisfacer se corresponde con el valor económico del servicio recibido, si hay equilibrio entre prestación y contraprestación, entre el provecho o rendimiento que gestiona la televisión y la remuneración que percibe la entidad de gestión".

La TPA critica que, pese a las sentencias, las entidades de gestión de derechos siguen a la suya. "Sus propuestas adolecen de los mismos defectos: remuneración calculada en base a los ingresos de explotación, tramos de intensidad de uso excesivos (de 20 en 20 cuando el uso de las cadenas se sitúa en menos de la mitad del primer tramo), exclusión de parámetros objetivos como índices de audiencia o territorialidad". Y sentencia la TPA: "El riesgo que se corre es que todo cambie para seguir igual. El tiempo lo dirá".

<i>La Cenerentola,</i> en una versión con dirección musical de Patrick Summers y Joan Font de los Comediants como responsable de escena.
La Cenerentola, en una versión con dirección musical de Patrick Summers y Joan Font de los Comediants como responsable de escena.SUSANNA SÁEZ

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