Libre, pese a todo
Sergi Martín insultó, vejó y pateó a una menor inmigrante. Pese a ello, sigue en la calle, en libertad provisional. ¿Es justo? Una mayoría de jueces considera que sí.
Todo el mundo lo ha podido ver. En pocos minutos, Sergi Xavier Martín, de 21 años, abofeteó, insultó, vejó y pateó a una menor ecuatoriana en un tren en Barcelona. Una conducta violenta y racista (la llamó "zorra" e "inmigrante de mierda") que, pese al inmenso rechazo social generado, no ha merecido la prisión preventiva. Para muchos, un ejemplo más de que los ataques xenófobos quedan impunes. Para los jueces, en cambio, se trató de una respuesta judicial correcta. ¿Por qué?
La prisión preventiva sólo se aplicó en 15 casos de este tipo en 2006
"Se lanza el mensaje de que no pasa nada por insultar o pegar"
"Si la chica hubiera ido al médico tras la agresión él estaría en la cárcel"
Manifestantes pidieron ayer leyes más duras contra los delitos racistas
"Con el Código Penal en la mano difícilmente es delito", dice un juez
"En general, este tipo de agresiones, aunque producen mucha alarma social, están muy mal protegidas jurídicamente", explica una magistrada de una audiencia provincial, con muchos años de experiencia en secciones penales y que prefiere ocultar su nombre para no interferir en la labor de su colega. "Si se consigue demostrar que tras los golpes la víctima tuvo que ser tratada de alguna lesión física o psíquica y se comprueba que existieron los motivos racistas, la pena máxima sería de tres años. No se trata de un delito de mucha entidad".
Si se mide la entidad de la agresión en la contundencia de las declaraciones, entonces la cosa cambia. La imágenes de Sergi golpeando e insultando a la menor han sido rebotadas por medios de comunicación de todo el mundo y las reacciones han sido especialmente duras en España. Zapatero calificó la acción de Sergi de "deleznable" y el ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, lo describió como "vil e intolerable" que no "puede quedar impune". Lo mismo el Parlamento catalán y algunas asociaciones de inmigrantes y minorías. Hasta el Congreso de Ecuador condenó la agresión a su compatriota en una moción: "Este acto atenta contra los derechos fundamentales (...) [su difusión] ha exarcebado los ánimos de Ecuador y por el trato inhumano contra los inmigrantes".
La tensión de las reacciones contrasta con la precisión de bisturí de las leyes que aplican los jueces. Los datos de las prisiones corroboran la postura de quienes piensan que no trata de "un delito de mucha entidad". De los 15.002 delitos de lesiones que, según Interior se produjeron en España en 2006, sólo 496 justificaron por sí solos la prisión del imputado, según fuentes de Instituciones Penitenciarias. En las colecciones de sentencias que utilizan los juristas cuesta encontrar casos similares en los que se adoptó esta medida cautelar y en casi todos los que aparecen, el daño sufrido por la víctima resultó acreditado y fue mucho mayor.
Un caso próximo al de Sergi Xavier fue el de dos jóvenes que, en septiembre de 1996, tiraron al suelo al cliente de un local de Sitges (Barcelona) frecuentado por homosexuales y le propinaron todo tipo de patadas causándole un traumatismo craneoencefálico grave y un hematoma subdural además de diversas fracturas de huesos del cráneo. Esa vez, el juez de Instrucción sí envió a los agresores a prisión provisional. No estuvieron allí más de un mes. Tres años más tarde, la Audiencia de Barcelona los condenó a la pena máxima: tres años de cárcel. "Al final, el condenado pasa sólo dos en prisión, ya que cumplidos los dos tercios de la condena puede pasar a libertad condicional", señala una fuente de Instituciones Penitenciarias.
En el caso de la agresión racista de los Ferrocarriles de la Generalitat, la víctima no ha demostrado que hubiera sido tratada a causa de los golpes ni el médico forense le encontró ninguna secuela psíquica, con lo que el titular del juzgado de Instrucción número 2 de Sant Boi de Llobregat, descartó el pasado jueves que se hubiera producido ese delito. Sí apreció indicios de trato degradante (delito contra la integridad moral), una infracción penal aún menos grave que las lesiones y que, con la agravante xenófoba, se quedaría en dos años de cárcel.
Sólo 15 personas sufrieron prisión preventiva por este delito el año pasado, según Prisiones, y Sergi Xavier, según el auto del juez de Sant Boi, no estará, por el momento, entre los que se cuenten en las estadísticas de este año.
El juez de Menores de Granada, Emilio Calatayud, curtido en este tipo de casos, cada vez más frecuentes en su juzgado, va aún más allá al considerar que la agresión de Sergi Xavier, con el Código Penal en la mano, "difícilmente podría considerarse delito". "Por lo que tengo entendido, el chico carece de antecedentes penales, por lo que se trataría de un hecho aislado de muy poca duración". Calatayud, conocido por sus sentencias educativas y ejemplarizantes, considera que esos hechos constituirían una falta de malos tratos de obra, que se ventila con una multa o de dos a seis días de localización permanente. "En todo caso, si fuera delito, la condena no superaría los dos años, con lo que podría acordarse la suspensión de la pena", añadió.
Pero además de la levedad de la pena, el hecho es que, según todas las fuentes consultadas, tampoco se cumplen los demás requisitos que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece para ordenar la prisión provisional: que haya riesgo de fuga, que el imputado pueda destruir pruebas o que se crea que puede reincidir. "En este caso no se da ninguna de esas condiciones", explica otro magistrado penal de una audiencia provincial de Andalucía.
"No hay riesgo de que se destruyan pruebas, ya que el instructor las tiene todas: el vídeo y las declaraciones de la víctima, el agresor y el único testigo que presenció los golpes. El delito está completamente investigado", asegura. "Tampoco parece que vaya a repetir la agresión, ya que el chico carece de antecedentes penales y no tiene relación con la víctima".
Entre los fiscales también se considera ajustada a derecho la respuesta judicial a la agresión, aunque algunos reconocen algún error en la imagen transmitida en su tramitación que ha contribuido a extender la alarma y la sensación de impunidad. "Los jueces y fiscales que han intervenido, al visionar las imágenes de la cámara de seguridad, tendrían que haber previsto la indignación que ha provocado en la opinión pública cuando se han emitido por televisión", explica uno de los 17 fiscales jefes de Tribunal Superior de Justicia que hay en España. "Si en lugar de ver al chaval tomando cervezas los ciudadanos lo hubieran visto detenido, esposado y entrando al juzgado, la presión política y mediática habría menguado y el caso se habría afrontado con más tranquilidad", asegura este fiscal que cree que así se hubiera logrado "un tratamiento más justo para el presunto agresor".
Pero el caso es que esa presión ha abierto el debate sobre si las agresiones están bien cubiertas por el ordenamiento jurídico. Para los que creen que no, Sergi Xavier se ha convertido en el ejemplo de que agredir e insultar a alguien por motivos racistas sale gratis. El portavoz del Consejo General del Poder Judicial, el vocal a propuesta del PP Enrique López, ha solicitado cambios legales para que "el mínimo ataque contra la integridad física o moral se considere delito".
Y lo mismo las asociaciones de inmigrantes. "Nosotros somos las víctimas de estos delitos racistas, pero desconocemos el derecho español. Somos los más vulnerables", explica Raúl Jiménez, de la asociación ecuatoriana Rumiñahui. "Si esta chica hubiera ido al médico el día de su agresión este tipo estaría ya en la cárcel, pero 20 días después del ataque es difícil que le quede alguna secuela de los golpes", añade el portavoz de la organización.
Todas esas declaraciones han acabado fundiéndose en los últimos días en manifestaciones de repulsa contra la impunidad de las agresiones racistas y para pedir un endurecimiento de la legislación española. "Hay que cambiar la ley para que no se repita. Se está lanzando el mensaje de que no pasa nada por insultarnos o pegarnos", señala Jiménez. Su enfado es el mismo que el manifestado por muchos sectores de la sociedad, en los antípodas de unas leyes que nunca fueron redactadas bajo estados de indignación.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Agresiones físicas
- Prisión preventiva
- Enrique López López
- Racismo
- Xenofobia
- Delitos odio
- Inmigrantes
- Incidentes
- Integridad personal
- Discriminación
- Inmigración
- Legislación española
- Prejuicios
- Código penal
- Migración
- España
- Problemas sociales
- Delitos
- Normativa jurídica
- Proceso judicial
- Demografía
- Legislación
- Sucesos
- Justicia
- Sociedad