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Argentina deroga la ley que permitía escuchas telefónicas

A partir de ahora las comunicaciones sólo podrán ser interceptadas por orden judicial en investigaciones de delitos

Soledad Gallego-Díaz

La Corte Suprema de Argentina declaró ayer inconstitucional la llamada ley espía, por la que se obligaba a las empresas a intervenir y guardar durante 10 años todas las comunicaciones telefónicas y por Internet, a fin de ponerlas a disposición del poder judicial o de la fiscalía en la investigación de cualquier delito. La intervención de las comunicaciones era controlada a su vez por la Dirección General de Observaciones Judiciales, dependiente de la Secretaría de Inteligencia (conocida como Side), lo que implicaba que el Gobierno argentino podía tener acceso a cualquier tipo de comunicación privada telefónica o electrónica.

La ley fue aprobada por el Congreso en 2003, cuando Néstor Kirchner era presidente de la República, pero fue el propio Kirchner quien en 2005, y ante las numerosas protestas de abogados y juristas, decidió dejarla en suspenso. El Gobierno, sin embargo, no hizo nada por derogar la ley, sino que, bien al contrario, la defendió ante los tribunales cuando comenzaron a llover los recursos. Finalmente, la causa promovida por el abogado Ernesto Halabi, que impulsó una moción de amparo por vulneración de su intimidad y derecho a comunicaciones seguras, llegó ante la Corte Suprema, que ayer dictaminó que la norma es contraria a derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.

La Corte Suprema esta presidida por Ricardo Lorenzetti, de 54 años, prestigioso jurista que fue nombrado para el cargo por el propio Néstor Kirchner en 2004, como garantía de independencia del máximo intérprete constitucional del país. Lorenzetti y los otros seis miembros de la Corte han protagonizado desde entonces varios encontronazos con el poder ejecutivo y con los Kirchner en particular.

La sentencia de ayer afirma que la norma impugnada restringe el derecho a la intimidad, "sin distinguir ni precisar de modo suficiente las oportunidades ni las situaciones en las que operarán las interceptaciones". La ley ordenaba a las empresas "disponer de los recursos humanos y tecnológicos para captar o derivar las comunicaciones y para que el servicio estuviera disponible en todo momento".

La Corte considera "inadmisible" que las restricciones autorizadas por esa ley quedaran finalmente en manos de "agentes de la Administración", que actuaban a su libre discreción. La Dirección de Observaciones Judiciales de la Side, encargada de cumplir con los eventuales requerimientos del poder judicial o de los fiscales, reconocen los miembros de la Corte Suprema, "actúa bajo la órbita del poder político".

Para evitar que los derechos reconocidos al abogado que inició la causa tengan que ser reclamados, uno a uno, por los demás usuarios de las redes de comunicaciones telefónicas o de Internet, la Corte Suprema concede a su fallo la categoría de "acción colectiva", aplicable a todos los casos similares.

La ley espía, que dio origen a todo tipo de rumores y que extendió como una mancha de aceite las dudas sobre la privacidad de las comunicaciones telefónicas y por Internet en Argentina, ha quedado definitivamente derogada. Ahora, como en cualquier país del mundo, las interceptaciones de llamadas telefónicas, las famosas escuchas, deberán ser ordenadas, caso a caso, por las autoridades judiciales competentes y vinculadas a la investigación de un delito concreto. Y, como en cualquier país del mundo, si los servicios de inteligencia interfieren por su cuenta determinadas comunicaciones, lo harán en clara violación de la ley.

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