La reanudación del tramo 5 del Tren Maya expone al Gobierno a una tormenta legal
Los juristas advierten de que declarar la obra como de “seguridad nacional” no permite incumplir la suspensión legal vigente
La decisión del Gobierno de reanudar la construcción del Tren Maya está sembrada de minas legales. El Ejecutivo asegura que se trata de un asunto de “seguridad nacional”, una estrategia que ha utilizado antes para acelerar las obras de sus proyectos prioritarios. Sin embargo, hay una suspensión vigente que impide continuar con las obras hasta que se resuelva el juicio de fondo y saltársela es ilegal, afirman cinco juristas consultados por este diario. El incumplimiento de una suspensión acarrea penas de hasta nueve años de cárcel.
El tramo 5 del Tren Maya, que va de Tulum a Playa del Carmen, está suspendido desde abril pasado, tras los amparos presentados por grupos de ambientalistas por su impacto en el entorno. Un juez ordenó la detención de las obras porque el Gobierno empezó a talar árboles sin contar con los permisos ambientales requeridos por ley. El trayecto del tren atraviesa zonas de selva virgen y pasa por encima del mayor sistema de cuevas sumergidas del mundo.
La suspensión definitiva ponía en peligro la meta del presidente Andrés Manuel López Obrador de finalizar la obra antes de acabar 2023. Para forzar los tiempos, el Consejo de Seguridad determinó recientemente que el Tren Maya era una obra de “seguridad nacional”. Con esta justificación, el mandatario ha defendido este lunes la reanudación y ha rechazado que se esté desacatando una orden judicial. Además, ha negado que el Ejecutivo tuviese la obligación de presentar el argumento ante un juez antes de retomar los trabajos. “No por los intereses de un grupo de corruptos y pseudoambientalistas vamos a detener una obra”, ha declarado.
La postura del Gobierno no tiene fundamento legal y representa un desacato de una orden judicial, según los juristas consultados. La Ley de Amparo establece que no serán objeto de suspensiones los asuntos que “contravengan disposiciones de orden público” y enumera varios casos, entre ellos las órdenes militares para la defensa de la integridad territorial, la soberanía y la seguridad nacional.
Sin embargo, ese artículo no aplica a las suspensiones ya concedidas, de acuerdo a los juristas. Además, el tramo 5 del Tren Maya está a cargo de la Secretaría de Gobernación y de Seguridad Pública, no de la Secretaría de la Defensa, según afirmó esta semana el responsable de la obra, Javier May. Si el Ejército no es el encargado, no puede considerarse que la suspensión lleve a un incumplimiento de órdenes militares para defender la soberanía.
Por otra parte, los juristas ponen en duda que un proyecto con fines turísticos como el Tren Maya pueda considerarse una acción en defensa de la soberanía o la integridad territorial. “No es una orden militar ni es un proyecto militar. En los documentos oficiales se presenta como un tren de carga y turismo. ¿Dónde está el objetivo militar en el proyecto?”, se pregunta la abogada ambiental Alejandra Rabasa, investigadora en la Suprema Corte de Justicia.
En cualquier caso, todo intento del Gobierno por echar para atrás la suspensión con el argumento de la seguridad nacional debe pasar por el Poder Judicial. “No importa que digan que es de seguridad nacional. Los jueces tienen que valorar esto en el expediente. Las autoridades responsables tendrán que comparecer en cada juicio de amparo donde hay una suspensión y pedir al juez que lo reconsidere”, sostiene la abogada Claudia Aguilar, profesora de Derecho Procesal Constitucional en la Escuela Libre de Derecho. “Hasta que no ocurra, los funcionarios tienen que cumplir con las disposiciones judiciales”.
En la misma línea, el abogado Daniel Torres, especializado en Derecho Constitucional, afirma que se necesita el visto bueno del juez para levantar la suspensión. “Siempre se debe de pasar por el filtro del Poder Judicial. El argumento de la seguridad nacional, justificado o no, se debe de demostrar ante el juez”, dice Torres. “Lo que no es posible bajo ningún escenario es que el Consejo de Seguridad lo declare y continúe con las obras automáticamente”.
Para poder reanudar unos trabajos que han sido suspendidos, el Gobierno tiene dos opciones. La primera es impugnar la resolución ante un tribunal colegiado y que este le dé la razón. El Fonatur, responsable de la obra, impugnó en junio la suspensión, pero la decisión puede tardar varios meses.
La segunda opción es solicitar una modificación de la suspensión al juez de distrito porque ocurrió “un hecho superveniente”, algo novedoso. Este segundo botón fue el que apretó el Gobierno para destrabar las obras del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, que fueron objeto de múltiples amparos de parte de grupos indígenas y ambientalistas. Después de declarar estas instalaciones como de seguridad nacional, el Gobierno pidió al juez que modificara las suspensiones definitivas y este accedió. Las obras pudieron continuar. En el caso del Tren Maya, el Gobierno no ha esperado a que el juez modificara la suspensión.
Las organizaciones ambientalistas ya han anunciado que denunciaran el incumplimiento por parte del Gobierno. Las consecuencias de incumplir una suspensión judicial son graves. La Ley de Amparo establece que el servidor público que no obedezca puede enfrentarse a una inhabilitación y a penas de prisión de tres a nueve años. Para Claudia Aguilar el desacato manda un mensaje “gravísimo”. “El Gobierno pone contra las cuerdas al Poder Judicial de manera constante. Todos deberíamos estar preocupados por garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales”, dice.
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