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CRISIS ECONÓMICA

Empleo pide a las autonomías agilizar trámites para el pago de los 400 euros

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros en el que el Gobierno acordó la prórroga del plan Prepara, que incluye la ayuda de 400 euros mensuales para parados sin cobertura. EFE/Archivo
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros en el que el Gobierno acordó la prórroga del plan Prepara, que incluye la ayuda de 400 euros mensuales para parados sin cobertura. EFE/ArchivoEFE

La elaboración de los itinerarios personalizados es un paso previo que se exige antes de que los beneficiarios del plan puedan cobrar los 400 euros y es un trámite que suele retrasarse más o menos en función de la comunidad autónoma que se trate.

Los beneficiarios del Prepara hasta ahora suelen tardar como mínimo dos meses de media en cobrar los 400 euros desde que lo solicitan, según fuentes de Empleo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy el reglamento que desarrolla el decreto ley de la prórroga del Prepara, por el que se determina la forma y plazos de la presentación de las solicitudes y la tramitación para cobrar los 400 euros que contempla el plan.

Empleo pretende que con ese plazo de 30 días que da a las autonomías los beneficiarios puedan acelerar el cobro hasta un mes o un mes y medio en la primera nómina.

Según el reglamento, los nuevos beneficiarios del Prepara (desempleados que agoten su prestación por paro o subsidios entre el 16 de agosto de 2012 y el 15 de febrero de 2013 ambos inclusive) podrán solicitar la ayuda a partir de hoy.

Además, el Gobierno quiere homologar los requisitos para demostrar la búsqueda activa de empleo en todas las comunidades autónomas.

La resolución también especifica qué acciones debe llevar a cabo el desempleado para poder acreditar la búsqueda activa de empleo, otra de las exigencias incluidas en la prórroga del plan.

El solicitante deberá emprender este tipo de iniciativas durante un mínimo de 30 días, acreditar que lo ha hecho ante el servicio público de empleo en un plazo de dos meses, y demostrar que "al menos" ha realizado tres acciones.

Así, se considerará una acción cada una de las actuaciones siguientes: demostrar que el demandante ha trabajado por cuenta propia o ajena; haber enviado o presentado el currículum al menos en tres empresas distintas; haber mantenido al menos una entrevista de trabajo.

También, el haberse inscrito en al menos una agencia de colocación autorizada o que se haya registrado como demandante de trabajo en portales de empleo privados o de los servicios públicos de empleo o cualquier otra actuación en acciones formativas.

El reglamento establece que si la acreditación de que se ha buscado empleo se presenta fuera del plazo de dos meses se denegará la ayuda de 400 euros.

La concesión de la ayuda económica corresponderá a los servicios públicos de empleo que, en caso de que soliciten documentación complementaria al interesado y éste no la aportase en un plazo de diez días, darán por desistida la solicitud.

La decisión de conceder o denegar los 400 euros se dictará en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de solicitud de la ayuda y transcurrido ese tiempo, si no se notifica resolución alguna, se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Para proceder al pago de la ayuda, cada dirección provincial de los servicios públicos de empleo comenzará a elaborar la nómina con la información obtenida el día 5 o primer día hábil posterior del mes siguiente; según la resolución la primera nómina "se comenzará a elaborar" el 5 de octubre.

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