La Generalitat podrá gestionar las ayudas del Estado a sus museos
El Tribunal Constitucional ha resuelto a favor de la Generalitat de Cataluña en un conflicto de competencias por una orden del Ministerio de Cultura que regulaba subvenciones y ayudas económicas a museos e instituciones de titularidad autonómica que integran el Sistema Español de Museos. El tribunal, en una sentencia- a la que tuvo acceso Europa Press, de la. razón al Ejecutivo catalán en cuando a que la gestión de dichas ayudas corresponde a la comunidad autónoma, aunque procedan presupuestariamiente del Gobierno central.Los hechos se remontan a una Orden del Ministerio de Cultura del 20 de j...
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El Tribunal Constitucional ha resuelto a favor de la Generalitat de Cataluña en un conflicto de competencias por una orden del Ministerio de Cultura que regulaba subvenciones y ayudas económicas a museos e instituciones de titularidad autonómica que integran el Sistema Español de Museos. El tribunal, en una sentencia- a la que tuvo acceso Europa Press, de la. razón al Ejecutivo catalán en cuando a que la gestión de dichas ayudas corresponde a la comunidad autónoma, aunque procedan presupuestariamiente del Gobierno central.Los hechos se remontan a una Orden del Ministerio de Cultura del 20 de julio de 1989 que reguló subvenciones y ayudas económicas a los museos e instituciones que integran, mediante convenio con el Ministerio de Cultura, el Sistema, Español de Museos. El Ejecutivo catalán promovió un conflicto positivo de competencia respecto a cuatro apartados de dicha Orden.
La Generalitat consideró que con dicha norma se produjo 11 una clara invasión de las competencias autonómicas en orden a la ejecución del fomento de la cultura respecto de la integridad de los museos en Cataluña".
Tras la admisión a trámite, el abogado del estado argumentó la "licitud constitucional" de la orden impugnada, en base a que el Estado tan solo reguló una competencia considerada como propia, cual es el fomento de los sectores culturales que la competen. El Tribunal Constitucional da la razón a la Generalitat de Cataluña en cuanto a la fase de gestión de las partidas presupuestarias en conflicto (subvenciones y ayudas) y recuerda que el recurrente no pone en duda la constitucionalidad de las subvenciones, sino que sólo cuestiona su gestión desde el Gobierno central y no desde la comunidad autónoma catalana.
Babelia
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