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Fútbol
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

El ‘caso George Floyd’ y la necesidad de un VAR filosófico

La FIFA ha cambiado las reglas sobre las manifestaciones políticas en el fútbol: ¿están los árbitros preparados para aplicarlas?

José Luis Pérez Triviño
Marcus Thuram hinca su rodilla en homenaje a George Floyd tras marcar un gol con el Borussia el pasado domingo.
Marcus Thuram hinca su rodilla en homenaje a George Floyd tras marcar un gol con el Borussia el pasado domingo.Martin Meissner (AP)

La muerte de George Floyd ha despertado una indignación generalizada de la que el mundo del fútbol no ha sido una excepción. En las pocas competiciones que están disputándose a causa de la pandemia generada por la COVID-19 varios jugadores han expresado su repulsa por la forma que fue tratado George Floyd por parte de la policía de Minneapolis y que fatalmente acabó en su muerte. Habrá que esperar a ver si los jueces establecen que fue asesinato. En cualquier caso, la actuación de la policía es un caso más de la discriminación sistémica que sufren los afroamericanos en los Estados Unidos y de ahí que, entre otros, Marcus Thuram, del Borussia Mönchengladbach, tras marcar un gol se arrodillara sobre el césped o que Jadon Sancho, del Borussia Dortmund, pidiera justicia en un mensaje escrito en una camiseta. Todos ellos, recordaban el gesto de Colin Kaepernick, jugador de fútbol americano al arrodillarse al sonar el himno norteamericano en señal de protesta por la discriminación histórica de los afroamericanos. Ello le costó no solo ser señalado por el presidente Trump, sino además estar varios años sin poder jugar debido al boicot informal que le hicieron la mayor parte de clubes.

El aspecto interesante para el mundo del fútbol es que las manifestaciones en forma de repulsa a la actuación policial o en favor de un trato justo a la minoría de la que Floyd era miembro plantean un interesante problema jurídico y filosófico a la FIFA. Las organizaciones deportivas siempre han sido reacias a permitir expresiones políticas o religiosas en los estadios. De ahí, por ejemplo la expulsión de Tommie Smith y John Carlos de los JJ OO de México por ejecutar el Black Power salute cuando estaban recibiendo las medallas.

Sin embargo, la FIFA ha ido modificando su actitud. Ya ocurrió con la retirada de la sanción al FC Barcelona por las famosas esteladas y más recientemente con la redacción de las Laws of the Game. Donde establecía que ni la equipación ni la ropa interior debe tener ningún eslogan político, religioso o personal, declaraciones o imágenes, ahora señala que los árbitros tienen un margen de interpretación de dicha norma en el que será relevante si las manifestaciones o gestos tienen un lenguaje ofensivo, insultante o abusivo, o son provocativas, irrisorias o inflamatorias. Y respecto de las manifestaciones políticas señala que no estarán permitidas las relacionadas con: a) cualquier persona(s), viva o muerta (a menos que sea parte del nombre oficial de la competición); b) cualquier organización o grupo partido político local, regional, nacional o internacional; c) cualquier gobierno local, regional o nacional o cualquiera de sus departamentos, oficinas o funciones; d) cualquier organización que sea discriminatoria; e) cualquier organización cuyos objetivos sean susceptibles de ofender a un notable número de personas; f) cualquier acto o evento político específico.

Es por lo tanto comprensible el comunicado del pasado martes en el que la FIFA hacía un llamamiento a los organizadores de las diferentes competiciones para que no sancionen a los jugadores que muestren solidaridad con George Floyd. Añadía comprender la profundidad de los sentimientos y las preocupaciones expresadas por muchos futbolistas “a la luz de las circunstancias” que rodearon “la trágica muerte” del ciudadano norteamericano. Justificaba su apelación a que “reitera su oposición a toda forma de racismo y discriminación, habiendo reformado recientemente sus propias normas disciplinarias con el objetivo de erradicar este tipo de comportamientos. La FIFA también ha promovido numerosas campañas contra el racismo enviando mensajes contra esta lacra durante los partidos bajo su competencia”. En ese sentido solicitaba que la aplicación de las Reglas del Juego siendo competencia de los organizadores de las respectivas competiciones, deban usarse aplicando el sentido común y teniendo en cuenta el contexto que rodea los eventos.

Sin embargo, este tránsito de las reglas a los principios --concepciones distintas de regulación de los comportamientos-- supone enfatizar todavía más el papel de los árbitros, en tanto que son los órganos aplicadores y responsables de llevar a cabo la ponderación en el caso concreto. En el contexto de aplicación de las reglas, la tarea de los árbitros era relativamente sencilla y expeditiva, y transmitía cierta seguridad, ya que se limitaban a seguir lo que establecía la regla, aunque ello no excluía decisiones rigurosas como sancionar con 2.000€ a un jugador por escritos en la camiseta interior a favor de los niños que padecen cáncer. Sed lex dura lex, ese era su descargo. En cambio, en el nuevo contexto de los principios, en pleno fragor del partido y probablemente en muy poco espacio de tiempo, tendrán que realizar juicios complejos acerca de la naturaleza ofensiva, insultante, abusiva, provocativa, irrisoria o inflamatoria de gestos y manifestaciones de los jugadores. En algunos casos, como en los apoyos y muestras de solidaridad a Floyd, no habrá especiales dificultades, y la consecución de una decisión justa se hará más cercana. Pero serán la excepción dada la naturaleza controvertida de los símbolos políticos y religiosos. Y en estos supuestos, no podrán descargar su responsabilidad en ninguna otra instancia. El problema es que los árbitros no son jueces con una formación jurídica o filosófica específica, lo cual puede hacer que el deseado sentido común al que apelaba la FIFA deje paso a las subjetividades más extremas, lo cual derive a su vez en arbitrariedad. La cuestión entonces es si no se hará necesario recurrir a un VAR jurídico-filosófico.

José Luis Pérez Triviño es catedrático acreditado de Filosofía del Derecho. Universidad Pompeu Fabra.

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