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Catorce abogados de más de 80 años ejercen en el turno de oficio

Jueces para la Democracia pide que se establezcan límites de edad

El abogado Ángel Pelluz, en el centro de la imagen.
El abogado Ángel Pelluz, en el centro de la imagen.CARLOS ROSILLO

Es insólito encontrarse a abogados de 90 años ejerciendo en el turno de oficio. Este servicio público que presta asistencia jurídica gratuita y que está financiado por la Comunidad de Madrid lo conforman casi 4.900 profesionales. De ellos solo hay 14 letrados con más de 80 años, un 0,2% del total.

El dato viene a colación de la polémica suscitada por las declaraciones del abogado Ángel Pelluz, de 90 años, que esta pasada semana defendió a dos cabezas rapadas acusados de agredir a un indigente en 2009 con alegato ultra contra los mendigos. En su escrito de defensa dijo añorar la Ley de Vagos y Maleantes, promulgada por la segunda República y modificada durante el franquismo para incluir a los homosexuales. El abogado aseguró que la indigencia causaba repulsión.

Las manifestaciones de Pelluz permiten abrir el debate de si se puede ejercer como abogado del turno de oficio sin límite de edad. Actualmente no existen esos límites, ni tampoco un control previo que evalúe la competencia de los abogados. El único control es el que establezcan los propios clientes: si no se sienten defendidos pueden rechazar la representación del abogado que se les ha asignado.

“Se debe garantizar el derecho de defensa. Es uno de los pilares de nuestro sistema”, señala Joaquim Bosch, portavoz de la asociación profesional Jueces para la Democracia. “En el caso de la abogacía sería necesario que se establecieran límites. Se entiende que a determinada edad hay una disminución de las capacidades mentales. Los jueces se jubilan por norma general a los 70 años. Carece de sentido que haya límites para jueces y fiscales y no exista lo mismo para los abogados”, concluye Bosch.

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Con sus declaraciones extremistas, Ángel Pelluz, colocó sobre sus clientes unas ideas que estos trataron todo el rato de evitar en el juicio. Sus dos defendidos negaron ser cabezas rapadas y participar en los hechos. También dijeron ante la juez del caso que condenaban la agresión al mendigo. Su abogado, sin embargo, aseguró que la indigencia es una provocación y que eso debería ser considerado un atenuante.

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Al margen de la ideología extremista de Pelluz, el letrado nonagenario se ha movido esta semana en el juicio con dificultad. Está enfermo y ha solicitado varias veces recesos para ir al baño. También ha dado muestras de no entender cómo vestían los fascistas de hoy en día. “¿Sabe usted si los agresores llevaban camisas pardas o negras?”, preguntó a uno de los testigos. La juez le interrumpió para decirle que en el juicio se estaba hablando de cabezas rapadas y no del Ejército nazi. Algunos abogados y asistentes al juicio se preguntaban cómo podía permitírsele seguir ejerciendo.

“La nueva ley de acceso a la abogacía obligará a los letrados a seguir unos cursos formativos que dificultarán que estas cosas ocurran”, afirma Victoria Ortega, secretaria general del Consejo General de la Abogacía. Según el Consejo, antes de la ley actual de 1996 sí existían límites de edad. Eran los propios colegios profesionales los que marcaban esos límites. “Se eliminaron porque algunos abogados lo consideraron discriminatorio”, contestan desde el Consejo.

“No me parece que haya que poner límites a la edad. Creo que debe funcionar el sentido común y que los abogados dejen de estar en el turno cuando vean que no están capacitados para seguir ejerciendo”, añade Ortega, que lamenta que se desprestigie al turno de oficio por casos como el de Pelluz. “Hay grandes profesionales. Lo de Pelluz es una excepción”.

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