Poca épica, poca ética
¿A quién se refiere Artur Mas cuando exige que el Estado haga una propuesta a Cataluña?
El expresidente de la Generalitat Artur Mas dijo el pasado día 17 que el Estado español —“el Estado, no digo el Gobierno”— debe presentar una propuesta para acomodar a Cataluña en España, al parecer única manera de que no se convoque y celebre el referéndum sobre la independencia que prepara el actual Gobierno catalán. ¿A quién se refiere cuando exige que el Estado haga una propuesta a Cataluña? ¿Al Rey, como jefe del Estado?, ¿al Parlamento español? España, afortunadamente, es una monarquía parlamentaria, en la que el Rey no tiene la menor capacidad para hacer semejante cosa. Así que, si Artur Mas se refería al jefe del Estado, estaba planteado algo absurdo, por calificarlo suavemente.
El Parlamento español sí que podría estudiar una reforma de la Constitución que modifique el encaje de Cataluña o que establezca normas diferentes para la celebración de referendos. Para eso hace falta que se presente, y debata, la correspondiente propuesta. Lo inmediato es hacerse una pregunta bastante simple. Dado que la Constitución española prevé que las asambleas de las comunidades autónomas pueden enviar al Congreso una propuesta de reforma de la Constitución, ¿por qué el Parlament catalán no ha hecho nunca uso de esa capacidad? Es posible que en la legislatura anterior, con mayoría absoluta del PP, considerara inútil plantear siquiera el tema, pero el Congreso actual tiene una composición muy diferente y seguramente una propuesta para reformar el sentido de los referendos para reconocer a Cataluña como nación, por ejemplo, daría origen a debates muy importantes.
¿Por qué el Parlament catalán no ha enviado nunca al Parlamento español una propuesta de reforma constitucional? Envió, es cierto, un proyecto de Estatuto que fue aprobado en el Parlamento español y modificado por el Tribunal Constitucional. Pero precisamente uno de los principales argumentos del Tribunal fue que algunos de los contenidos debieron plantearse como reforma de la Constitución y no del Estatut. Es obvio que el Constitucional, sean cuales sean sus miembros, no puede paralizar, ni desde luego alterar, una reforma del texto de 1978 aprobada por el Parlamento.
Si lo que pretende la Generalitat es actuar por la vía de los hechos, teatralizando la idea de un Estado contra otro Estado, sin agotar todas las posibilidades que ofrece el ordenamiento legal vigente, se debe entonces recordar que la vía de los hechos no es democrática. Hacer caso omiso de lo que dicen los jueces en una democracia (y no es posible que alguien niegue que España lo es, por muchos defectos que tenga) supone una alteración del orden constitucional no aceptable. Hasta el excéntrico Donald Trump acepta sin matices que tiene que cumplir las órdenes de un juez si este paraliza nada menos que un decreto presidencial que, en teoría, alegaba motivos de seguridad nacional. Casi todos nos hemos alegrado de que las instituciones funcionen correctamente en EE UU.
Parece que Artur Mas aludió también al mandato democrático del Parlament para celebrar el referéndum de independencia. Habrá que recordar, una vez más, que, por mucho que se cite, ese mandato de la voluntad popular de los catalanes, simplemente, no existe. El resultado de las elecciones autonómicas de 2016, planteadas como plebiscitarias por Junts pel Sí y por la CUP, situaron a quienes planteaban la independencia por debajo de quienes no la incluían en su programa, 47,7% frente a 50,6%. Es verdad que esos resultados se tradujeron en mayoría absoluta de los independentistas en el Parlament, pero entonces no se trata de invocar la voluntad popular, sino la voluntad de la ley D’Hondt. Francamente, muy poca épica y muy poca ética a la hora de querer proclamar, así, la independencia de una nación.
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