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El Constitucional apartó a Pérez Tremps del caso del Estatut por "dudas razonables sobre su imparcialidad"

Uno de los magistrados que votó a favor de recusarle ha admitido que firmó también un estudio sobre la norma antes de su reforma

El magistrado del Tribunal Constitucional Jorge Rodríguez-Zapata votó a favor de que su compañero Pablo Pérez Tremps fuera apartado de las deliberaciones sobre la legalidad del Estatuto catalán. El pleno del tribunal decidió hacerlo al entender que “intervino indirectamente” en esta reforma legal. Hoy, Rodríguez-Zapata, que fue ponente de este asunto, ha reconocido hoy que él también elaboró un estudio sobre el tema, motivo por el que fue apartado su colega. El tribunal tomó la decisión de apartar a Pérez Tremps porque “existe una duda razonable sobre su imparcialidad”.

En la explicación sobre su voto, Rodríguez-Zapata cuenta que escribió el estudio Evolución de la aplicación de los principios contenidos en la Carta Europea de Autonomía Local por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo a petición de una fundación privada. El informe versaba sobre temas relacionados con el Estatuto catalán, cuya reforma aún no había comenzado. Y dice: “Sometí a la consideración del pleno su alcance, sin que ninguno de sus miembros expresase la más mínima duda sobre la procedencia de mi intervención y actuación como ponente”.

El pleno del Tribunal Constitucional admitió el pasado 5 de febrero por seis votos contra cinco la recusación formulada por el Partido Popular contra el magistrado Pérez Tremps para impedir que participe en las deliberaciones del recurso presentado por esa formación contra el Estatuto de Cataluña. Su ausencia rompe el equilibrio entre progresistas y conservadores, lo que puede provocar que se anule el Estatuto. Era la primera vez que se recusaba a un magistrado de ese tribunal.

Pérez Tremps, catedrático de Derecho Constitucional, elaboró un informe sobre las Relaciones exteriores de Cataluña, encargado en noviembre de 2003 por la Generalitat, presidida en aquel momento por Jordi Pujol. No obstante, el contrato fue suscrito por el magistrado con Joan Saura el 8 de marzo de 2004, es decir, 13 meses antes de que fuera designado magistrado del Tribunal Constitucional. Pérez Tremps cobró 6.000 euros por su colaboración.

El pleno considera que la elaboración de ese recurso constituye “una intervención indirecta” en la elaboración de la ley de reforma estatutaria, según consta en el auto conocido hoy. Los jueces consideran así que concurre la causa número 12 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: “Haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo”.

Los jueces consideran en el auto que “el estudio realizado supone una toma de postura acerca de los límites constitucionales sobre la asunción de competencias por la Comunidad Autónoma de Cataluña, lo que constituye un elemento objetivo que razonablemente permite la suspicacia [del PP] acerca de la imparcialidad” con la que el magistrado “está en condiciones de abordar el enjuiciamiento” del Estatuto.

Basta así con constatar, como se desprende de las pruebas, “que existe una duda razonable sobre la imparcialidad” para apartar al magistrado del caso. Sin embargo, eso no significa que se juzgue si Pérez Tremps “es efectivamente parcial o si él mismo se tiene por tal”. Y deja claro que los trabajos científicos de los profesores universitarios sobre normas legales vigentes o futuras no deben ser motivo de recusación, animando a usar de forma cautelosa la norma por la que sí ha sido apartado Pérez Tremps, pues podría dificultar el acceso al tribunal de profesores universitarios y juristas. Diferencia así el tribunal esos trabajos universitarios de los “emitidos a instancia de instituciones y órganos implicados en el procedimiento de elaboración de la norma que pueda llegar a ser objeto de un proceso constitucional y con la finalidad de obtener el ajuste de la misma a la Constitución”.

El tribunal explica también la diferencia entre la recusación que sí ha salido adelante y la anterior contra el magistrado por el mismo motivo, que fue rechazada. En esta ocasión la relación de Pérez Tremps con el objeto del proceso es “más intensa”, y además se ha contado con una prueba documental de la que antes no se dispuso.

La resolución sobre el Estatuto tiene tal trascendencia que Pérez Tremps podría llegar a dimitir para que su puesto fuera cubierto con un magistrado nombrado por el Gobierno, como lo fue él. De esta forma, se recuperaría el equilibrio en el seno del tribunal. El juez ha avanzado que estudiará si dimite o no. El presidente del Partido Popular, Mariano Rajoy, ha dicho hoy que “sería un error tremendo” que “daría la puntilla al Tribunal Constitucional el que el Gobierno siguiera presionando” al magistrado “para que dimita”. En su opinión, en caso de que lo hiciera, la presidenta del tribunal, María Emilia Casas, “puede y no debe aceptarle la dimisión”. Rajoy ha señalado que su partido recurrió el Estatuto catalán al entender que está “en contra de lo que dice la Carta Magna”.

Pablo Pérez Tremps, tras prometer su cargo en junio de 2004.
Pablo Pérez Tremps, tras prometer su cargo en junio de 2004.EFE

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