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El Supremo anula el reparto del déficit a las comunidades de 2013

El tribunal admite los recursos de Andalucía y Cataluña contra el acuerdo del Consejo de Ministros que fijó la deuda de las autonomías

Reyes Rincón

El Tribunal Supremo ha anulado el reparto del déficit a las comunidades autónomas de 2013. El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado los recursos de Cataluña, Andalucía y Asturias contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 30 de agosto de 2013, que fijó los objetivos de estabilidad y deuda para el año 2013 para cada una de las comunidades autónomas. Los jueces han anulado este acuerdo porque deriva de otro previo, de julio de ese año, al que los jueces no otorgan “eficacia jurídica” porque no fue ratificado en el Parlamento.

El Supremo no ha admitido, sin embargo, los recursos de Cataluña y Andalucía contra otro acuerdo del 30 de agosto de 2013 que estableció la distribución entre las comunidades de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública para el trienio 2014-2016.

El pleno de la Sala de lo Contencioso ha analizado este miércoles cinco recursos formulados por cuatro comunidades autónomas: Andalucía, Cataluña, Asturias y Canarias. Las comunidades recurrían cuatro acuerdos del Consejo de Ministros, del año 2013, sobre esta materia. El primero, de 28 de junio de 2013 (impugnado por las cuatro comunidades), fijaba los objetivos generales de estabilidad presupuestaria y deuda pública para el trienio 2014-2016. Los recursos de las comunidades contra este acuerdo se rechazan por falta de jurisdicción, en cuanto que esos objetivos fueron aprobados posteriormente por las Cortes Generales.

El segundo acuerdo (recurrido también por las cuatro autonomías citadas) es de 13 de julio de 2013, y fijaba los objetivos para el año 2013. La decisión de la Sala ha sido inadmitir los recursos en este caso, al entender que se trató solo de un acto preparatorio de un acuerdo parlamentario, que no fue llevado a las Cortes Generales para su aprobación y por tanto carece, según los jueces, de eficacia jurídica.

Objetivos de deuda

El tercer acuerdo (recurrido por Cataluña, Andalucía y Asturias) es de 30 de agosto de 2013, y fijó los objetivos de estabilidad y deuda para el año 2013 para cada una de las comunidades autónomas. Estos recursos son los estimados, lo que supone declarar nulo el acuerdo por ser consecuencia del de 13 de julio de 2013 que el Supremo ha considerado sin eficacia jurídica.

El cuarto acuerdo (impugnado por Cataluña y Andalucía), de la misma fecha 30 de agosto de 2013, establece la distribución entre las comunidades de los objetivos para el trienio2014-2016. En este caso se desestiman los recursos y se avala el acuerdo, al proceder de otro previo, del 28 de junio de 2013, que sí fue refrendado por las Cortes Generales.

Junqueras aprovecha para pedir "herramientas" de política fiscal

El vicepresidente del Gobierno catalán y consejero de Economía y Hacienda, Oriol Junqueras, ha afirmado este miércoles que la anulación del límite de déficit autonómico de 2013 por parte del Tribunal Supremo demuestra que el Ejecutivo central no actuó correctamente: "El Gobierno lo ha hecho muy mal", ha dicho.

Para Junqueras, esta anulación demuestra que "la responsabilidad de la desviación es fundamental y extramayoritariamente del Gobierno" y no de las comunidades autónomas, según ha explicado en su intervención en el pleno del Parlament por una interpelación del PSC.

"O tenemos las herramientas que nos permiten decidir sobre nuestro futuro y esfuerzo fiscal o siempre estaremos en manos de decisiones tan arbitrarias [como la que ha anulado el TS]", ha añadido Junqueras.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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