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Las entidades financieras deberán evaluar la idoneidad de sus clientes

Las entidades financieras deberán evaluar la idoneidad de sus clientes, con el fin de garantizar que les ofrecen productos adecuados a su "experiencia y conocimientos, capacidad financiera y objetivos de inversión". Esta obligación está recogida en la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (conocida como MiFID), que deberá haber sido incorporada a la normativa española el 1 de noviembre de 2007.

Pero hay muchas otras disposiciones que prometen cambiar las reglas del juego y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha querido azuzar a las entidades que se verán afectadas por la entrada en vigor de la normativa europea: entidades de crédito, sociedades y agencias de valores y gestoras de cartera. Para ello, el presidente del supervisor de los mercados, Manuel Conthe, ha remitido a los máximos responsables de todas las entidades una carta en la que les insta a que "preparen cuanto antes un plan de adaptación que analice el previsible impacto de la MiFID en cada una de sus áreas y unidades de negocio, así como los cambios precisos para adaptarse a su entrada en vigor". Conthe recomienda que dicho plan sea sometido al consejo de administración de cada sociedad.

Según el regulador, la aplicación de la legislación europea entrañará "cambios fundamentales" para las entidades financieras españolas, que afectarán, en particular, a su estructura organizativa y a su relación con los clientes. Uno de los objetivos que persigue la Directiva es que las entidades asuman una "cultura general de control de riesgos", con muy particular énfasis en los que se derivarían de los conflictos de interés que pudieran afectar a la compañía.

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