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Un juzgado condena al Ayuntamiento de Valencia a indemnizar a una familia por el ruido de un restaurante

Sara Velert

El Ayuntamiento de Valencia ha sido condenado a pagar 12.000 euros de indemnización a una familia que denunció el exceso de ruido que soportaba por la actividad de un restaurante situado bajo su piso en el barrio de Campanar. La sentencia reprocha al Consistorio que preside Rita Barberá, del PP, que durante año y medio no cerrara un local al que no había concedido aún licencia de funcionamiento. El gobierno del PP acumula así otro fallo judicial que acusa a la Administración municipal de falta de diligencia antes las quejas por la contaminación acústica. El pasado mayo, el Tribunal Superior de Justicia obligó a Barberá a declarar una zona acústicamente saturada a raíz de otra denuncia vecinal.

El Consistorio dejó que el local funcionara sin licencia mientras corregía deficiencias

La familia afectada en este caso denunció en junio de 2004 "ruidos de extractores, de golpes de sillas, mesas y puertas" por la actividad de una pizzería, y solicitó una inspección de las medidas obligatorias de insonorización, según explica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Valencia. La Oficina Técnica de Espectáculos Públicos revisó el local y comprobó que el aislamiento no cumplía la normativa. El restaurante, sin embargo, permaneció abierto en los meses siguientes, en los que la familia denunciante envió nuevos escritos al Ayuntamiento, y requirió el cierre por carecer el local de licencia de funcionamiento -servía comidas desde el verano de 2003-. Los servicios municipales respondieron con nuevas inspecciones en las que advirtieron al restaurante que superaba los decibelios permitidos y debía aumentar "el aislamiento acústico".

Las idas y venidas de la inspección se prolongaron hasta diciembre de 2005, cuando se concedió licencia de funcionamiento al restaurante tras un último informe favorable. Para entonces, la familia afectada por el constante ruido se había mudado y había recurrido a los tribunales por la falta de respuesta del Consistorio, explica su abogado, Raúl Burgos, del estudio jurídico Seronda, que critica que el Ayuntamiento, "siendo consciente de que el local molestaba a los vecinos, no decretara el cierre".

La juez constata al analizar el expediente que el local abrió sus puertas "sin la preceptiva licencia de funcionamiento y con constancia de la administración demandada", es decir, el Ayuntamiento de Valencia, como tarde desde que lo denunció la familia y los propios servicios municipales informaron de que las mediciones de ruido superaban los umbrales autorizados. El Consistorio, durante año y medio, optó por conceder "sucesivos plazos de audiencia" al local y realizar más inspecciones, pero "no adoptó la única medida eficaz y legalmente prevista, el cese de la actividad y clausura del local por carecer de licencia de funcionamiento y la exigencia de la adopción de las medidas necesarias para el efectivo aislamiento del local".

En consecuencia, la juez aprecia daños y perjuicios morales imputables a la Administración local por haberse visto "obligados a soportar los ruidos y molestias" de un local sin licencia. La familia deberá ser indemnizada con un total de 12.000 euros, indica el fallo (del 21 de junio), que es recurrible.

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Sobre la firma

Sara Velert
Redactora de Internacional. Trabaja en EL PAÍS desde 1993, donde ha pasado también por la sección de Última Hora y ha cubierto en Valencia la información municipal, de medio ambiente y tribunales. Es licenciada en Geografía e Historia y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS, de cuya escuela ha sido profesora de redacción.

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